No lo considera el fiscal, no lo consideran las defensas, no lo consideran los servicios jurídicos del SUP, no lo considera el abogado del estado, no lo considera el ex delegado del gobierno, no lo considera el ex ministro del interior, no lo consideran los policías que debían haber detenido a los detenidos y que insisten en que no detuvieron a nadie, y es cierto, yo también considero que no hubo detención. La sentencia declara hecho probado que se cesa al primer instructor porque se niega a detener, pese a que el responsable, en su declaración, manifiesta que lo hace porque cree que si no están detenidos no se les puede informar de sus derechos. La diferencia es abismal. No es que me parezca poca coacción. Es que no me parece ninguna. Para que haya delito, esta debe ejercerse CON VIOLENCIA y el autor no debe estar legitimado. ?Un superior jerarquico policial no puede relevar de sus funciones a su subordinado?. ?Cual es la coaccíón y en qué parte de la sentencia queda acreditada?.Eso suponiendo que entendamos que es un delito, porque si fuese una falta digamos del tipo "hazlo o acabas en la calle", es necesaria denuncia de la persona agraviada y me parece que no se da. ?No se habrá condenado a alguien por cosa no juzgada?. Isabel San sebastián no sale ni por asomo en ninguna foto. Y si hubiese estado, ?su opinión está mas acreditada que la declaración de los miembros de su escolta o la de la propia víctima?.
Salud y suerte.