Autor Tema: Multas y grúas: medidas recaudatorias?  (Leído 246326 veces)

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #540 en: 08 de Octubre de 2009, 16:21:23 pm »
 . . . sinceramente creo que a Gallardón y a su equipo esta sentencia les trae sin cuidado, seguirán en la misma actitud recaudatoria y no la harán extensiva a ningún particular . . . el que quiera que se vaya al contencioso . . . como nosotros . . . y punto la maquina recaudadora sigue en marcha . . . 

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #541 en: 08 de Octubre de 2009, 16:26:23 pm »
Representantes de Dvuelta han avanzado que "millones de multas" podrán ser recurridas alegando la jurisprudencia de la resolución judicial. Según sus cálculos, el Ayuntamiento habría ingresado indebidamente 200 millones de euros desde 2006.

Que plazos se mencionan en el procedimiento sancionador en materia de tráfico para los recursos?


La lentitud de la justicia es una clamorosa injusticia.
Lo decía hace ya muchos a?os Jean de la Bruy?re (escritor francés): ?Esencial a la justicia es hacerla sin diferirla. Hacerla esperar es injusticia?. Todavía hace más tiempo, dijo Platón: ?Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía?.

Y el que nos ocupa es un claro ejemplo, unas cuantías sobre sanciones aplicadas en virtud de un Decreto del a?o 2005 que ahora se declara nulo por no ser ajustado a derecho, pero que ha servido durante cuatro a?os para sancionar a miles de conductores...

... y ahora qué?

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #542 en: 08 de Octubre de 2009, 16:28:00 pm »
y ahora que? ? ? . . . pues ahora ná . . . arroz queamo . . .como de costumbre . . . tu lo has dicho todo, no se puede decir más.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #543 en: 08 de Octubre de 2009, 21:02:46 pm »
Representantes de Dvuelta han avanzado que "millones de multas" podrán ser recurridas alegando la jurisprudencia de la resolución judicial. Según sus cálculos, el Ayuntamiento habría ingresado indebidamente 200 millones de euros desde 2006.

Que plazos se mencionan en el procedimiento sancionador en materia de tráfico para los recursos?


La lentitud de la justicia es una clamorosa injusticia.
Lo decía hace ya muchos a?os Jean de la Bruy?re (escritor francés): ?Esencial a la justicia es hacerla sin diferirla. Hacerla esperar es injusticia?. Todavía hace más tiempo, dijo Platón: ?Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía?.

Y el que nos ocupa es un claro ejemplo, unas cuantías sobre sanciones aplicadas en virtud de un Decreto del a?o 2005 que ahora se declara nulo por no ser ajustado a derecho, pero que ha servido durante cuatro a?os para sancionar a miles de conductores...

... y ahora qué?

Los plazos han pasado, pero no es lo mismo un recurso en la la vía administrativa que una reclamación por la vía judicial en base a una sentencia.
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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #544 en: 08 de Octubre de 2009, 21:06:43 pm »
 :pen: Me parece a mi que no... el procedimiento sancionador en materia de tráfico establece unos plazos y unos recursos que deben ser presentados antes de llegar a la vía contenciosa administrativa, asi que aquellos que pagaron o recurrieron y no continuaron con los recursos en dicha vía me temo que no pueden ir directamente al contencioso por caducidad/prescripción de la acción.


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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #545 en: 08 de Octubre de 2009, 21:11:21 pm »
:pen: Me parece a mi que no... el procedimiento sancionador en materia de tráfico establece unos plazos y unos recursos que deben ser presentados antes de llegar a la vía contenciosa administrativa, asi que aquellos que pagaron o recurrieron y no continuaron con los recursos en dicha vía me temo que no pueden ir directamente al contencioso por caducidad/prescripción de la acción.



Yo, que no sé mucho, no estoy de acuerdo. Si mediante un recurso en la vía contencioso administrativa se consigue la anulación de un Decreto, todas las sanciones interpuestas en base a sus artículos son nulas de pleno derecho. Los ciudadanos están en su derecho (y la Administración en su deber) a la tutela judicial efectiva de Jueces y Tribunales, y esto, creo yo, implica que no se puede producir una indefensión de este tipo en la que una Ley administrativa tendría más valor que las sentencias de los tribunales.
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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #546 en: 08 de Octubre de 2009, 21:16:55 pm »
Ya te digo que me temo que no... al menos no para aquellas denuncias cuyos procesos hayan caducado.

Los que hayan pagado si que podrían instar a una reclamación administrativa solicitando la devolución de la diferencia que existiese entre la cuantía anterior a la entrada en vigor del Decreto y la que pagaron por la aplicación de esa norma ahora anulada, pero sería un procedimiento nuevo que seguiría todos los pasos administrativos hasta llegar a la vía contenciosa.... unos cuatro a?os de espera, y por supuesto, de llegar a la via contenciosa que es lo más probable, tener que contratar abogado para dicha reclamación.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #547 en: 08 de Octubre de 2009, 21:57:19 pm »
Ya te digo que me temo que no... al menos no para aquellas denuncias cuyos procesos hayan caducado.

Los que hayan pagado si que podrían instar a una reclamación administrativa solicitando la devolución de la diferencia que existiese entre la cuantía anterior a la entrada en vigor del Decreto y la que pagaron por la aplicación de esa norma ahora anulada, pero sería un procedimiento nuevo que seguiría todos los pasos administrativos hasta llegar a la vía contenciosa.... unos cuatro a?os de espera, y por supuesto, de llegar a la via contenciosa que es lo más probable, tener que contratar abogado para dicha reclamación.

Imagino que el que puso la denuncia inicial, lo hizo requeriendo que se le devolviera la parte correspondiente que ha inflado el Decreto anulado. Esta resolución no podría ser a las personas que hubieran sido perjudicadas por el mismo motivo?
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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #548 en: 08 de Octubre de 2009, 21:59:52 pm »
La sentencia anula el decreto por considerarlo no ajustado a derecho, es decir, que la subida no fue proporcional a lo que debería ser.... pero como solicito yo la devolución de la diferencia?... no puedo adherirme a la sentencia en su extensión de efectos ya que ella sólo anula el decreto sin establecer compensación alguna... lo que en plata quiere decir que si el procedimiento ha prescrito por caducidad de los recursos nada puedo hacer, salvo que haya pagado y entonces reclame la diferencia en una acción nueva... asi lo entiendo yo.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #549 en: 08 de Octubre de 2009, 22:03:32 pm »
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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #550 en: 08 de Octubre de 2009, 22:04:04 pm »
 :carcaj sip... pero creo que va a hacer oídos sordos.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #551 en: 08 de Octubre de 2009, 22:19:44 pm »
La sentencia anula el decreto por considerarlo no ajustado a derecho, es decir, que la subida no fue proporcional a lo que debería ser.... pero como solicito yo la devolución de la diferencia?... no puedo adherirme a la sentencia en su extensión de efectos ya que ella sólo anula el decreto sin establecer compensación alguna... lo que en plata quiere decir que si el procedimiento ha prescrito por caducidad de los recursos nada puedo hacer, salvo que haya pagado y entonces reclame la diferencia en una acción nueva... asi lo entiendo yo.


Seguro? No se ha solicitado nada en este sentido en el recurso?
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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #552 en: 08 de Octubre de 2009, 22:41:59 pm »
Seguro? No se ha solicitado nada en este sentido en el recurso?

La sentencia del TSJM, de 18 de junio de 2009 y que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, estima este recurso y declara que el Decreto municipal de 2 de noviembre de 2005 "vulnera el principio de jerarquía normativa y el de proporcionalidad".

Sin más.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #553 en: 08 de Octubre de 2009, 22:55:58 pm »
Esta es la parte que yo quería leer, el tipo de Recurso de Casación

Contra la anterior Sentencia cabe interponer Recurso de Casación, que deberá de prepararse ente este mismo órgano jurisdiccional, en el plazo de diez días, contados a partir de su notificación, y que se substanciara ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2? de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

No es interés de ley y tampoco en unificación de la doctrina, es de Casación a secas, con lo cual me temo que paraliza la ejecución de la sentencia, a no ser que la asociación que presentó el recurso inste a la ejecución provisional y la misma sea concedida por el Tribunal que ha sentenciado.


Artículo 91.

1. La preparación del recurso de casación no impedirá la ejecución provisional de la sentencia recurrida.

Las partes favorecidas por la sentencia podrán instar su ejecución provisional. Cuando de ésta pudieran derivarse perjuicios de cualquier naturaleza, podrán acordarse las medidas que sean adecuadas para evitar o paliar dichos perjuicios. Igualmente podrá exigirse la presentación de caución o garantía para responder de aquéllos. No podrá llevarse a efecto la ejecución provisional hasta que la caución o la medida acordada esté constituida y acreditada en autos.

2. La constitución de la caución se ajustará a lo establecido en el artículo 133.2.

3. La ejecución provisional se denegará cuando pueda crear situaciones irreversibles o causar perjuicios de difícil reparación.

4. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional o del Tribunal Superior de Justicia, cuando tenga por preparado un recurso de casación, dejará testimonio bastante de los autos y de la resolución recurrida a los efectos previstos en este artículo.


Os adjunto la sentencia completa.
« Última modificación: 08 de Octubre de 2009, 23:11:11 pm por 47ronin »

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #554 en: 09 de Octubre de 2009, 10:46:41 am »
Ronin, corrígeme si me equivoco, si la sentencia es del TSJ de madrid, el recurso lo envian al T Supremo por lo cual este último no admite recursos por unificación de doctrina ?no es así?.
Un saludo.


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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #555 en: 09 de Octubre de 2009, 10:56:25 am »
El Recurso es de Casación a secas, y si, el Supremo admite éste, el de Casación en Interés de Ley y el de Casación en Unificación de la Doctrina, son los tres tipos de recursos previstos en la Ley Contencioso Administrativa y que han de sujetarse para su presentación a lo contenido en ella.

Aqui nos encontramos con uno de Casación que podría paralizar la ejecución de la sentencia si la Asociación que instó al procedimiento no solicitase la ejecución provisional de la misma, y de solicitarlo prodría aducir la cantidad de perjudicados que habría de fallarse luego en contra del Ayuntamiento nuevamente, pero también el Ayuntamiento podría aducir que si gana el Recurso quien pagaría la cantidad de millones que dejaría de ingresar si se ejecutase ahora mismo la sentencia, con lo cual, de darse el caso, la pelota estaría en el tejado del TSJM... y qué creeis que haría el Juez ante esa tesitura?

Yo lo tengo claro:

La lentitud de la justicia es una clamorosa injusticia.
Lo decía hace ya muchos a?os Jean de la Bruy?re (escritor francés): ?Esencial a la justicia es hacerla sin diferirla. Hacerla esperar es injusticia?. Todavía hace más tiempo, dijo Platón: ?Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía?.


« Última modificación: 09 de Octubre de 2009, 10:58:04 am por 47ronin »

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #556 en: 09 de Octubre de 2009, 10:58:00 am »
Fale recibido.  :Ok


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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #557 en: 09 de Octubre de 2009, 15:49:19 pm »
Pues aqui tiene otro frente abierto el se?or Alcalde.

Vecinos de Carabanchel presentan un recurso contra la ampliación de la Zona SER mediante la ordenanza de estacionamiento
    MADRID, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

   La Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto y el Colectivo Antiparquímetros de Madrid han presentado un recurso contencioso-administrativo contra la decisión del Ayuntamiento de Madrid de ampliar la zona de aplicación del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) a través de la ordenanza de Tasa por Estacionamiento de Vehículos.

   Según informaron hoy los impugnantes, el recurso se basa en que "es fraudulento usar una ordenanza fiscal para establecer las zonas SER, ya que la delimitación debe estar recogida en la ordenanza de movilidad que regula dicho estacionamiento, como ha venido sucediendo hasta ahora".

   Además, en su recurso alegan que la memoria que acompa?a la modificación de ordenanza resulta "contradictoria al establecer como objetivo de la ampliación la creación de límites naturales a la zona SER, como puede ser la M-30 o grandes parques, mientras que en los cascos históricos no existe esa separación que evite las incomodidades del llamado efecto frontera".

   "También se justifica la ampliación por aumentar la accesibilidad al terciario, que es residual en estas zonas periféricas, o para incrementar las posibilidades de estacionamiento del residente, cuando en estas zonas residenciales no existe dificultad en el estacionamiento durante las horas diurnas".

   El cuarto y último argumento contra la decisión municipal es que el Consistorio ha alegado que realiza la ampliación en base a "demandas vecinales" lo que, a juicio de la Asociación y del Colectivo, "ha demostrado ser falso hasta el extremo de que no se ha extendido a otros cascos históricos ni barrios de la periferia, causando graves perjuicios a vecinos y comerciantes en los barrios donde colocaron parquímetros y todavía no han retirado".

PULSO POR LA ZONA AZUL

   Este pulso entre los vecinos y el Ayuntamiento por la zona azul comenzó cuando la aplicación del SER se extendió a zonas como el Barrio del Pilar o Carabanchel, donde, según las asociaciones vecinales, no existía ninguna necesidad de estacionamiento y tan sólo se persigue la recaudación.

   Así, los vecinos llevaron el caso a los tribunales, que declaró nulo el decreto de ampliación de la zona SER a los barrios periféricos realizada en 2006. El Consistorio recurrió esta sentencia. Si se confirma finalmente, el Ejecutivo local deberá devolver todas las cantidades recaudadas ilegalmente durante el periodo declarado nulo, es decir, durante los últimos tres a?os.

   Mientras tanto, el Consistorio trató de cubrirse las espaldas legalizando la ampliación a través de una disposición adicional a una ordenanza fiscal el pasado mes de diciembre, por la que ampliaba la zona de aplicación del SER a través de la normativa de la tasa de estacionamiento de vehículos, que ahora recurren los vecinos.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #558 en: 09 de Octubre de 2009, 15:58:12 pm »
   Mientras tanto, el Consistorio trató de cubrirse las espaldas legalizando la ampliación a través de una disposición adicional a una ordenanza fiscal el pasado mes de diciembre, por la que ampliaba la zona de aplicación del SER a través de la normativa de la tasa de estacionamiento de vehículos, que ahora recurren los vecinos.


Y de esta forma, el engranaje cubrió sus espaldas y dió el "visto bueno" a su Decreto ANULADO por sentencia judicial sobre la ampliación de la zona SER... incluyendo una Disposición Adicional en una Ordenanza que versa sobre Tasas.

http://www.parquimetrosfuera.org/IMG/pdf/Ordenanza_tasa_SER_y_modificacion_zona_1_-2.pdf

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #559 en: 14 de Octubre de 2009, 14:47:53 pm »
La lentitud de la justicia es una clamorosa injusticia.
Lo decía hace ya muchos a?os Jean de la Bruy?re (escritor francés): ?Esencial a la justicia es hacerla sin diferirla. Hacerla esperar es injusticia?. Todavía hace más tiempo, dijo Platón: ?Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía?.

Y el que nos ocupa es un claro ejemplo, unas cuantías sobre sanciones aplicadas en virtud de un Decreto del a?o 2005 que ahora se declara nulo por no ser ajustado a derecho, pero que ha servido durante cuatro a?os para sancionar a miles de conductores...

... y ahora qué?

La respuesta:

Tras confirmarse la sentencia del Tribunal Superior

Gallardón recurrirá la anulación del 'multazo'
Carmen Serna | Efe | Madrid

Actualizado miércoles 14/10/2009 14:32

El Gobierno de Ruiz-Gallardón va a interponer un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia alegando que "el cuadro de sanciones es un documento interno de gestión, igual que el que tiene la DGT para que sus agentes puedan proponer un importe en la multa y no un decreto del concejal de Movilidad como alude la sentencia", explicó el coordinador de Movilidad, Fernando Autrán.

Este recurso de casación supondrá que el cuadro de sanciones seguirá en activo hasta que la decisión judicial sea definitiva. La sentencia sobre el 'multazo', que fue filtrada la semana pasada por la asociación DVuelta, anula el decreto en el que se imponía una subida de las multas de "un 300%", según la propia asociación, que va a pedir al juez una medida cautelar para evitar que se sigan aplicando estas tarifas.

Para el coordinador de Movilidad, ha habido una "interpretación errónea del tribunal pues no son los agentes los que determinan la multa definitiva sino un órgano instructor, según la ley nacional".

El problema es que el Consistorio publicó este cuadro de sanciones en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCAM) mientras que la Dirección General de Tráfico lo mantiene como un documento interno que no puede acabar en los tribunales.

La asociación de defensa de los conductores Dvuelta ha remitido este miércoles un escrito al Ayuntamiento de Madrid para que acate la sentencia del TSJM, y lo retire cautelarmente aunque sea recurrido.

El escrito, dirigido al Área de Gobierno de Seguridad, expone que la sentencia que declara nulo "por ilegal" el referido Decreto ya ha sido notificada a las partes y, por lo tanto, debe dejar de aplicarse "inmediatamente".

Dvuelta anuncia, además, que pedirá al Tribunal Superior de Justicia de Madrid la ejecución provisional de la disposición anulada si finalmente el Ayuntamiento decide recurrirla.

La sentencia, de 18 de junio de 2009, declara la nulidad e ilegalidad de la Ordenanza municipal por vulnerar el principio de jerarquía normativa y el de proporcionalidad.

Dictada la sentencia por el TSJM, esta asociación considera que ya se pueden recurrir las multas de tráfico del Ayuntamiento de Madrid aún en el caso de que éste decida recurrirla ante el Tribunal Supremo.

Además cuantifica en 50 millones de euros la cantidad que desembolsarán los madrile?os por cada a?o que la sentencia que anula el decreto no se aplica.