PERDONAR QUE ME REP?TA PERO ES QUE NO SE SI ESTA ADJUNTO O NO
? PARA LA REFORMA DEL ARTÍCULO 53
DE LA LEY ORGÁNICA DE FUERZAS Y
CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, EN
CUANTO A LA POSIBILIDAD DE CREACIÓN
DE PLAZAS DE AGENTES DE MOVILIDAD
O CONTROLADORES DE TRÁFICO. PRESENTADA
POR EL GRUPO PARLAMENTARIO
DE IZQUIERDA UNIDA-INICIATIVA
PER CATALUNYA VERDS. (Número de
expediente 161/001728.)
La se?ora PRESIDENTA: Terminado el debate de
esta proposición no de ley, pasamos al siguiente y último
punto del orden del día: Proposición no de ley para la
reforma del artículo 53 de la Ley Orgánica de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado, en cuanto a la posibilidad
de creación de plazas de agentes de movilidad o
controladores de tráfico, del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds. Para su
defensa tiene la palabra la se?ora Navarro.
La se?ora NAVARRO CASILLAS: La posibilidad
de crear agentes de movilidad afecta negativamente a la
seguridad vial, a la seguridad ciudadana y al presupuesto
municipal. La reforma del artículo 53 se hizo en el
Senado con una enmienda a la Ley Orgánica del Poder
Judicial, estilo clásico que marcó el Grupo Popular, por
supuesto sin debate democrático político alguno, a pesar
de la relevancia que tiene la creación de un nuevo cuerpo
policial encargado exclusivamente de la seguridad vial.
Eso sí, dado que dejaba el marco completamente abierto,
en el municipio donde se decide crearlo cada uno lo está
regulando como quiere. En el caso de Castellón se ha
creado una bolsa con una clasificación del grupo E, que
es la titulación más baja exigible en el ámbito funcionarial.
Esta creación de un nuevo cuerpo policial trae más
confusión al ya de por sí confuso panorama policial, el
carácter no policial exactamente, parcialmente de
agentes de la autoridad, que además no pueden afrontar
situaciones colaterales que se generan por la seguridad
vial con suficientes garantías porque carecen de la condición
de agente pleno de autoridad y además tienen una
carencia de formación que ellos mismos han denunciado
y que están reclamando los primeros que se pusieron en
funcionamiento, que son los del municipio de Madrid.
Esa falta de formación es alarmante tratándose de algo
tan relevante como la seguridad vial. El escaso nivel de
capacitación que se les reclama además va en contra de
la razonable exigencia que se ha ido incorporando en
todas las comunidades autónomas de que como mínimo
los policías locales pertenezcan al grupo C de titulación
?como digo, en el caso de Castellón, por ejemplo, se
reclama el grupo E?; menos requisitos de acceso y
menos formación, aunque cada uno tenga particularmente
una formación mayor. Incluso los agentes de
movilidad de Madrid se han quejado de que se les
imparte un curso de un mes que es totalmente insuficiente.
Es decir, formación exigua para aquellos que
presuntamente se tienen que dedicar a la seguridad vial,
como digo, algo tan relevante.
Debido a que estos agentes no pueden afrontar todas
las situaciones colaterales con garantías, nos encontramos
con que no son rentables para la seguridad ciudadana.
La rentabilidad es menor, porque las funciones
que realizan, la disponibilidad y la capacitación los
hacen en su conjunto menos rentables aunque, eso sí, les
pagan bien poco, se les llama la policía barata. Llegan a
percibir alrededor de 850 euros mensuales y se les presiona,
según han denunciado todos los sindicatos, con la
apertura de expedientes disciplinarios si no recaudan
suficientes multas, es decir, no son organizadores del
tráfico sino que son agentes recaudatorios. Todos
podemos ver, mientras estamos aquí estos días en
Madrid, el trabajo que realizan estos agentes y las directrices
que se les impone por parte del Gobierno municipal.
En definitiva, nos cuesta más a todos los ciudadanos,
porque no se dedican a la seguridad vial, no se
dedican a la seguridad ciudadana, sino que se dedican a
la recaudación de multas. Por tanto, tiene que haber más
agentes que sí se dediquen a la seguridad vial y a la
seguridad ciudadana. Lo razonable siempre, para todo,
es un servicio integral de seguridad pública que rentabilice
los recursos policiales, que simplifique estructuras
y que, por tanto, reduzca costes, pero en este sentido,
porque se da un servicio de calidad integral y con las
estructuras simplificadas. No podemos apostar ni
podemos seguir con esta línea de dispersión de competencias
ni duplicidad de estructuras, es decir: seguridad
vial, sí; agentes recaudatorios de multas, no; policía
barata, no.
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La se?ora PRESIDENTA: Hay una enmienda presentada
que va a defender el se?or Pedret por el Grupo
Socialista.
El se?or PEDRET I GRENZNER: Nos encontramos,
aparte de en el último punto del orden del día y
supongo que todo el mundo desea brevedad en la intervención,
ante una iniciativa que se puede acoger en
cuanto a la finalidad que tiene de defensa de los derechos
de unos trabajadores municipales en estos momentos.
Me parece elogiable, porque son unos legítimos derechos
de estos trabajadores municipales, pero deben incardinarse
necesariamente en el conjunto de lo que significa
la protección de los derechos, libertades y seguridad de
los ciudadanos y no puede, por tanto, tratarse aisladamente
el párrafo tercero del artículo 53 de la Ley Orgánica
de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Aunque, desde luego, habría un motivo para hacerlo, yo
lo reconozco, que sería restablecer la normalidad democrática
después de la trapisonda legislativa que llevó a
la modificación de este artículo. No sé si saben, seguramente
sí, porque todas SS.SS. estudian permanentemente
el BOE y las cosas que aprobamos en esta casa, que el
párrafo tercero del artículo 53 de la Ley, de 1986, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, está modificado
por una disposición adicional de la Ley 19/2003,
de 23 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica
del Poder Judicial. Es un método legislativo notablemente
curioso, teniendo en cuenta además que es una
de aquellas magníficas aportaciones de consenso que nos
trajo el Partido Popular con su mayoría absoluta en el
Senado, con aquellas 169 enmiendas del Senado que se
introdujeron, como se ve, tan pertinentemente como esta,
en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Sin embargo, a
pesar de esta tendencia justiciera de restablecer lo que
debiera de ser antes de la ?voy a no calificarla? actuación
legislativa de la mayoría del Partido Popular en la
legislatura anterior, hay que ver cuáles son los efectos
que podría tener un simple mandato de reforma de este
párrafo sin incardinarlo en el conjunto de las necesidades
legislativas al respecto.
Saben todas SS.SS., porque así lo dijo el nuevo ministro
del Interior cuando compareció por primera vez ante esta
Comisión, que el Gobierno tiene en cartera el estudio de
una modificación amplia de la Ley de Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado, que existe también un acuerdo
entre el Ministerio del Interior y la Federación Espa?ola de
Municipios y Provincias para la ampliación de funciones
de los cuerpos de Policía local y que sería bueno ?estoy
convencido de que SS.SS comparten la opinión? que esta
necesaria reforma del artículo 53.3 de la Ley de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado se incardine en el conjunto.
Hay que ver cuáles van a ser en su complejidad las
funciones de la Policía local para ver cómo establecemos
las funciones de vigilancia del agente de movilidad, qué
tipo de funcionario debe ser, qué formación debe tener, sus
funciones, etcétera. Hemos de pensar que la Policía local
necesita adquirir nuevas funciones en seguridad ciudadana
de proximidad y en prevención de la delincuencia y que
ciertas funciones de policía judicial van a ser necesariamente
atribuidas a la Policía local en cuanto desarrollemos
la nueva justicia de proximidad, cuyo proyecto de establecimiento
está tramitándose en esta casa. Solo en el conjunto
de estas actuaciones necesarias puede tener sentido la
modificación que solicita la proposición no de ley defendida
por la se?ora Navarro. Para evitar lo que el ministro de
Justicia denominó en la primera comparecencia ante la
Comisión de Justicia en esta legislatura como penelopismo
jurídico, es decir, ir tejiendo y destejiendo trocitos del
inmenso tapiz que es el ordenamiento jurídico, hemos
presentado una enmienda, a la que se ha presentado transacción
por parte de Izquierda Unida, sobre cuyo fondo
hemos llegado a un acuerdo, así como sobre su concreción
literal, para que esta reforma necesaria se estudie dentro del
conjunto de reformas también necesarias de la Ley de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de 1986. Por ello, se?orías,
se ha presentado la enmienda y podemos anunciar ?le
correspondería en primer lugar a la se?ora Navarro, pero
para no volver a intervenir yo? la aceptación de la
enmienda transaccional, que ha sido transmitida a la presidencia
de la Comisión. Creo que el conjunto de la Comisión
haría bien en aceptar esta enmienda para incitar al Gobierno
y excitar su celo, como corresponde, y se reforme adecuadamente
la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, que ha prestado buenos, leales y nobles servicios,
pero que tiene ya la provecta edad de 20 a?os para una ley
funcional de este tipo y ya es necesario pensar en reformarla.
La se?ora PRESIDENTA: ?Algún otro grupo quiere
intervenir en este trámite? Por el Grupo Parlamentario
Popular tiene la palabra el se?or Souvirón.
El se?or SOUVIRÓN GARCÍA: En el Grupo Parlamentario
Popular consideramos muy adecuada la actual
redacción del artículo 53 de la Ley Orgánica de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado tras la reforma introducida
por la Ley Orgánica 19/2003, que faculta a los plenos
municipales de las grandes ciudades a crear cuerpos de
funcionarios que se dediquen a la ordenación y dirección
del tráfico, a lo que se ha llamado agentes de movilidad o
controladores de tráfico. ?Por qué? Porque la complejidad
creciente de la vida en las grandes ciudades y el aumento
de la inseguridad ciudadana ha hecho que los cuerpos de la
Policía local vayan asumiendo cada vez una mayor amplitud
de funciones en temas de seguridad ciudadana y de policía
judicial. El propio se?or Pedret nos acaba de decir en su
intervención que en el futuro tendrán que asumir todavía
más. Eso ha hecho que los temas de ordenación y dirección
del tráfico puedan pasar a un segundo grado de atención,
cuando tienen que ver ni más ni menos que con la movilidad
y la fluidez en los desplazamientos por los cascos urbanos,
asunto que afecta mucho a la vida diaria de los ciudadanos,
a su calidad de vida y también a su economía. Por tanto,
nos parece que es un acierto y muy adecuado que mediante
una ley se faculte a los ayuntamientos que lo crean nece-
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sario a tener un instrumento para hacer frente a estos problemas
de movilidad y de ordenación del tráfico, porque
las competencias que tienen conferidas estos agentes por
la ley son ordenar, se?alizar y dirigir el tráfico en el casco
urbano y ayudar a facilitar la seguridad vial, pero no tienen
función estrictamente de seguridad vial. Nos parece que es
un acierto y muy adecuado. Por tanto, estamos en contra
de la inicitiva del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida,
que trata de suprimirlas e incluirlas en el Cuerpo de Policía
Local. Por otra parte, son funcionarios que adquieren su
capacitación en las academias de policía municipal y, por
tanto, reciben la formación adecuada y la transmisión de
los valores cívicos que son necesarios para desempe?ar su
función. Hay ayuntamientos que ya han usado la habilitación
de la norma y tienen estos cuerpos, lo cual quiere decir
que se han considerado válidas y están siendo utilizados
como tales.
Después hemos tenido conocimiento de la enmienda
transaccional del Grupo Socialista que, en definitiva ?y
se ha visto en la intervención del se?or Pedret?, ha
tratado de echar balones fuera y de ganar tiempo. El
grupo proponente renuncia a su iniciativa y la pospone
para cuando se plantee aquí la reforma de la Ley de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, no sabemos
cuándo, porque se dice que será en esta legislatura, pero
ya estamos en la mitad de la misma y las noticias son las
que hoy nos ha dado el se?or Pedret para defender la
posición de no votar a favor de la iniciativa y, en el fondo
?esto es coherente con aquella intervención de su grupo
en el Pleno, sobre aquella proposición no de ley presentada
por el Parlamento de Catalu?a para modificar este
artículo, en el que votó que no?, no perder el acompa?amiento
de Izquierda Unida en esta y en otras iniciativas
en las que le pudiera venir bien.
El Grupo Popular mantiene que la modificación no es
sensata y va a votar en contra. Estaremos a la espera del
planteamiento que se nos haga en la reforma de esa Ley
de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para
manifestar nuestra posición sobre ella, sea en esta legislatura
o no sé cuándo.
La se?ora PRESIDENTA: No habiendo más grupos
que tengan que intervenir en este trámite y habiendo
concluido el orden del día se da por finalizada la sesión.
Antes tenemos que votar todas las proposiciones no de
ley que hemos debatido. Habíamos dicho que no votaríamos
antes de las 13:00 horas. Si los grupos me dicen
que están en condiciones de votar, votamos inmediatamente,
si no, esperamos unos minutos.
La se?ora NAVARRO CASILLAS: Yo no puedo
esperar unos minutos, porque tengo Junta de Contratación.
Si no, que se retrase hasta la 13:30 horas para que
pueda ir y volver.
La se?ora PRESIDENTA: Tenemos no digo quórum,
sino mucho más que quórum en la sala. Si están de
acuerdo los portavoces, votamos.
Antes de votar, ya que en este momento están aquí los
portavoces y no sé si les habrá llegado, les anuncio que
vamos a convocar una mesa y portavoces para después
del Pleno de esta tarde. De todas maneras, recibirán la
convocatoria.
Iniciamos las votaciones. Votación de la proposición
no de ley número 1243, que no tiene enmiendas. Por
tanto, se vota el texto de la proposición no de ley.
Efectuada la votación, dijo
La se?ora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.
Proposición no de ley número 1714, a la que se ha
incorporado, por haber sido aceptada, una enmienda de
Converg?ncia i Unió.
Efectuada la votación, dijo
La se?ora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.
Votamos la proposición no de ley número 650, que no
ha tenido ninguna enmienda.
Efectuada la votación, dijo
La se?ora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.
Votamos la proposición no de ley número 1519, que
se vota con una enmienda transaccional.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos a favor, 30; abstenciones, una.
La se?ora PRESIDENTA: Queda aprobada.
Votamos la proposición no de ley número 665, en sus
propios términos.
Efectuada la votación, dijo.
La se?ora PRESIDENTA: Queda aprobada por unanimidad.
Por último, votamos la proposición no de ley número 1728,
que se aprueba con una enmienda transaccional.
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos a favor, 19; en contra, 13.
La se?ora PRESIDENTA: Queda aprobada.
Sin más asuntos, se levanta la sesión.
Era la una y veinticinco minutos de la tarde.