Autor Tema: EL BOTELLÓN  (Leído 379122 veces)

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1640 en: 15 de Noviembre de 2010, 18:09:47 pm »

Me parece que se acabaron las "charlitas", pero habrán realizado las modificaciones necesarias en el régimen sancionador, o se quedará en un vacio legal.

No sabria que decirte.......ni 'si' ni 'no' pues el problema, según lo veo yo, es que sigue sin aparecer por ninguna parte la toma de muestra del liquido consumido para la verificación de que efectivamente se trata de bebida alcohólica.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1641 en: 15 de Noviembre de 2010, 19:59:12 pm »

Me parece que se acabaron las "charlitas", pero habrán realizado las modificaciones necesarias en el régimen sancionador, o se quedará en un vacio legal.

No sabria que decirte.......ni 'si' ni 'no' pues el problema, según lo veo yo, es que sigue sin aparecer por ninguna parte la toma de muestra del liquido consumido para la verificación de que efectivamente se trata de bebida alcohólica.

Eso no tiene importancia hombre... tu denuncias a todo el que se encuentre a menos de doce metros de la botella con un contenido liquido y ya está... bebía alcohol en la vía pública.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1642 en: 15 de Noviembre de 2010, 20:05:59 pm »
aquí vemos a 47ronin abducido por un armani, podemos notar el desprecio absoluto a los mínimos principios policiales en pos de una recaudación mayor

vuelve en tí!! vuelve en tí!!


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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1643 en: 15 de Noviembre de 2010, 20:08:17 pm »
[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=vrhmDF3oA_E[/youtube]

Desconectado ByD

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1644 en: 15 de Noviembre de 2010, 20:19:12 pm »
sí sí, lo he visto, x denuncias de botellón en x horas extra de las cuales x han sido notificadas in situ

todo muy x, es más, no sé por qué la pobre niña no lleva unas chanclas par aprotegerse del frío suelo


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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1645 en: 17 de Noviembre de 2010, 14:54:50 pm »

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1646 en: 21 de Noviembre de 2010, 10:42:14 am »
La presión policial y las multas llevan a los jóvenes a buscar nuevos lugares para beber en la calle / Moncloa y Malasaña dejan paso a los jardines de una de las vías más conocidas de la capital
Castellana «botellódromo»

Resulta sorprendente ir conduciendo por el paseo de la  Castellana durante una noche de cualquier día del fin de semana y ver cómo, a ambos lados de la vía, se encuentran apostados grupos de jóvenes que hacen botellón. La situación, aunque pueda parecer inusual y extraña, es cada vez más frecuente




La imagen de un grupo de jóvenes bebiendo en plena Castellana ha dejado de ser una excepción para convertirse en una estampa habitual del fin de semana
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El motivo es que los asiduos al botellón ya no saben qué hacer para eludir la presión de los agentes, las multas, las quejas de los vecinos y hasta los «manguerazos» que les han caído por beber en la calle.  Así, huyendo de las zonas más típicas y tradicionales de botellón como Moncloa o las plazas de Malasaña, los jóvenes se buscan la vida y se acercan a una de las calles más conocidas de Madrid. Los pequeños jardines de las medianas, los alrededores de los monumentos o incluso el arcén de la vía de Castellana les sirven para organizarse e improvisar su botellón. Poco a poco, la imagen es habitual y se está convirtiendo en costumbre ver a grupos bebiendo  frente al Museo del Prado o el Bernabéu.

  Muchos de ellos, paran sus coches y, a un lado de la carretera, abren el maletero y sacan la bebida. Otros optan por el método «tradicional»: llegan con las bolsas y se instalan en el césped de algún céntrico jardín. La política «anti-botellón» del Ayuntamiento de Madrid pone cada vez más difícil ocupar la vía pública con el endurecimiento de las multas no ya sólo por beber en la calle sino también por el ruido que puedan hacer y por ensuciar. Así las cosas, el ingenio de los «botelloneros» se agudiza y ya no descartan ningún punto de la ciudad.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1647 en: 21 de Noviembre de 2010, 10:44:15 am »
El comportamiento de los «botelloneros» ha cambiado en el último año / Cada vez lo practican más treintañeros y buscan una mayor intimidad
En grupos pequeños y dispersos


No parece que haya un requisito fundamental ni tampoco que sea necesario pertenecer a una tribu urbana determinada para hacer botellón. De hecho, una de las características principales de los aficionados a esta práctica es la gran variedad de personas que la practican y las distintas generaciones que reúne

Espacios céntricos pero que permiten estar aislados son ahora los escenarios preferidos para beber en la calle
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Es más, los últimos datos del Ayuntamiento de Madrid apuntan a que la mayor parte de personas que suelen consumir alcohol en la calle rozan la treintena y, además, este segmento es el que más sanciones recibe.

Con todo, la estadística del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, apunta a que la media de edad de los «botelloneros» es de 24 años. En cuanto a la edad de inicio, las mujeres comienzan antes que los hombres a aficionarse a esta práctica pero ellos tardan más en abandonar la calle como su bar particular. Los datos del consistorio también revelan el cambio de tendencia entre los consumidores de alcohol en la calle ya que ahora tienden a reunirse en pequeños grupos dispersos, formados por gente más mayor, mientras que antes «tomaban» literalmente algunos espacios de la ciudad, especialmente algunas plazas del centro de la capital. Frente a ellos el Ayuntamiento de Madrid aplica actualmente todo un catálogo de multas: por consumir alcohol en la calle, por hacer ruido y, recientemente, por ensuciar, que suponen sanciones económicas desde los 300 hasta más de 13.000 euros si se aplican las más graves. Además, hace apenas dos semanas la Comunidad de Madrid ha aprobado una normativa que permitirá agilizar el pago de las infracciones que, hasta ahora, se quedaban sin cobrar por problemas burocráticos.

En concreto, el Gobierno regional trasladará la gestión de las sanciones por botellón a los ayuntamientos, para que el cobro de las multas sea más rápido y efectivo. Igualmente, cuando la multa se imponga a un menor, sus padres tendrán que abonar la cuantía como responsables subsidiarios. Los «botelloneros» también pueden hacer un curso para evitar el pago.


Récord de multas
La Policía Municipal de Madrid abrió 10.910 expedientes por consumo de alcohol en la calle durante el pasado mes de octubre, casi el doble que en septiembre (6.089) y cuatro veces más que hace tan sólo dos meses (2.733 expedientes). Por distritos, los más afectados por la plaga del botellón fueron los de Centro, con 508 inspecciones y 1.261 denuncias; Chamberí, donde se realizaron 275 inspecciones y hubo 444   denuncias; y Chamartín, con 165 inspecciones y 409 denuncias realizadas. Uno de los datos a destacar del pasado mes es que el consumo de alcohol generó 10.881 expedientes a  personas adultas frente a los 29 jóvenes menores de edad que fueron sancionados en la capital.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1648 en: 22 de Noviembre de 2010, 10:38:38 am »
La presión policial y las multas llevan a los jóvenes a buscar nuevos lugares para beber en la calle / Moncloa y Malasaña dejan paso a los jardines de una de las vías más conocidas de la capital
Castellana «botellódromo»

Resulta sorprendente ir conduciendo por el paseo de la  Castellana durante una noche de cualquier día del fin de semana y ver cómo, a ambos lados de la vía, se encuentran apostados grupos de jóvenes que hacen botellón. La situación, aunque pueda parecer inusual y extraña, es cada vez más frecuente




La imagen de un grupo de jóvenes bebiendo en plena Castellana ha dejado de ser una excepción para convertirse en una estampa habitual del fin de semana
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El motivo es que los asiduos al botellón ya no saben qué hacer para eludir la presión de los agentes, las multas, las quejas de los vecinos y hasta los «manguerazos» que les han caído por beber en la calle.  Así, huyendo de las zonas más típicas y tradicionales de botellón como Moncloa o las plazas de Malasaña, los jóvenes se buscan la vida y se acercan a una de las calles más conocidas de Madrid. Los pequeños jardines de las medianas, los alrededores de los monumentos o incluso el arcén de la vía de Castellana les sirven para organizarse e improvisar su botellón. Poco a poco, la imagen es habitual y se está convirtiendo en costumbre ver a grupos bebiendo  frente al Museo del Prado o el Bernabéu.

  Muchos de ellos, paran sus coches y, a un lado de la carretera, abren el maletero y sacan la bebida. Otros optan por el método «tradicional»: llegan con las bolsas y se instalan en el césped de algún céntrico jardín. La política «anti-botellón» del Ayuntamiento de Madrid pone cada vez más difícil ocupar la vía pública con el endurecimiento de las multas no ya sólo por beber en la calle sino también por el ruido que puedan hacer y por ensuciar. Así las cosas, el ingenio de los «botelloneros» se agudiza y ya no descartan ningún punto de la ciudad.


Cerca del Museo del Prado y en la explanada del Bernabéu, son zonas en las que desde hace muchísimo tiempo se hacía botellón. Pero bueno si lo dicen los periodistas...
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1649 en: 01 de Diciembre de 2010, 20:50:16 pm »
El botellón masivo que congrega a cientos de jóvenes en la Plaza de España se traslada ya al interior del parking subterráneo situado bajo la plaza.


Los guardias de seguridad del recinto se ven incapaces de evitar el consumo de alcohol en el estacionamiento. Fuera, con el frío de la noche, son decenas de personas las que beben hasta altas horas de la madrugada. Cualquier rincón les sirve para practicar el botellón. Beben en los lavabos, en baños y se meten en cualquier hueco de escalera o en los aparcamientos con tal de saltarse la ley. Lo invaden todo durante los fines de semana.


Y ellos mismo lo dicen ante las cámaras de Telemadrid dentro de un baño donde no falta la música, el hielo y la bebida. Cualquier lugar es bueno para protegerse del frio y de la policia municipal: un baño del aparacamiento o junto al vehiculo que cogerán después de beber.


Pero no quieren irse a casa y muchos juegan al gato y al ratón con los vigilantes de los aparcamientos que no paran de echar a grupos de jóvenes toda la noche. Tienen bebida y sino saben donde conseguirla: los comercios chinos venden alcohol hasta las doce.


La fuerte presencial policial en Plaza de España motivo que este último fin de semana estuviera casi vacía, pero hace un mes había decenas de botellas, vasos y bolsas por todas partes. Había alcohol hasta para regalar, con multitud de vendedores ambulantes ofreciéndolo.


En un mes la imagen cambia radicalmente, con el frio y la policía municipal presente en la zona, los jóvenes se meten en cualquier sitio, todo por beber junto a los amigos.

En un aparcmiento privado no se puede denunciar por botellon ¿no?

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1650 en: 01 de Diciembre de 2010, 21:11:42 pm »
En un aparcmiento privado no se puede denunciar por botellon ¿no?

Artículo 2. Ámbito de Aplicación de la Ley.

Las disposiciones contenidas en la presente Ley serán de aplicación a las diferentes actuaciones, tanto individuales como colectivas, ya sean de carácter público o privado, que en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos se desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.


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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1651 en: 01 de Diciembre de 2010, 23:01:00 pm »
En un aparcmiento privado no se puede denunciar por botellon ¿no?

Artículo 2. Ámbito de Aplicación de la Ley.

Las disposiciones contenidas en la presente Ley serán de aplicación a las diferentes actuaciones, tanto individuales como colectivas, ya sean de carácter público o privado, que en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos se desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.



Si, pero estoy mirando la 5/2002 de la C.M. y no localizo una prohibición expresa al respecto.


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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1652 en: 01 de Diciembre de 2010, 23:15:04 pm »
Citar
CAPÍTULO II.
DE LAS LIMITACIONES A LA VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS.


Artículo 30. Prohibiciones.

5. Queda expresamente prohibida la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas en los centros que a continuación se mencionan, salvo que se lleve a cabo en los espacios habilitados al efecto:

En los centros y dependencias de la Administración de la Comunidad de Madrid.

En los centros sanitarios, sociosanitarios y de servicios sociales.

En los centros de enseñanza universitaria.

En los centros de trabajo.

6. En ningún caso se permitirá la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas en los siguientes lugares:

En los locales de trabajo de las empresas de transporte público.

En los centros educativos de enseñanza primaria, secundaria y especial, así como de enseñanza deportiva.

7. Queda prohibido el suministro de bebidas alcohólicas a través de máquinas automáticas en instalaciones abiertas al público.

8. En todos los establecimientos comerciales se adoptarán medidas especiales de control para evitar la venta de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años. En los establecimientos en régimen de autoservicio la exhibición de bebidas alcohólicas se realizará en una sección concreta con carteles anunciadores de la prohibición de su venta a menores, responsabilizándose de dicha venta de bebidas alcohólicas a menores al titular del establecimiento.

9.  En los establecimientos comerciales situados en las estaciones de servicio, se prohíbe la venta, suministro y distribución de bebidas alcohólicas, con la excepción de las que obtienen su graduación mediante fermentación de la uva, manzana o cereales y cuya graduación no supere los veinte grados centesimales.

10. No se permitirá la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas en los establecimientos que carezcan de licencia para tal fin.


TÍTULO VI.
DEL RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES.

CAPÍTULO II.
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES.

Artículo 55. Infracciones leves. 

Se consideran infracciones leves:

El incumplimiento de los requisitos, condiciones, obligaciones o prohibiciones establecidas en esta Ley y disposiciones que se dicten en su desarrollo en las que no proceda su calificación como faltas graves o muy graves.

El consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.

Facilitar o de cualquier modo colaborar para que un menor pueda directa o indirectamente adquirir o apropiarse de bebidas alcohólicas, siempre que la conducta típica se realice al margen de una actividad comercial, empresarial o con carácter lucrativo.

El incumplimiento de lo establecido en los artículos 29 y 33 sobre condiciones de publicidad, promoción, venta y consumo de bebidas alcohólicas, tabaco y otras sustancias químicas.

Las cometidas por simple negligencia, siempre que el resultado negativo producido no tuviere repercusiones que perjudiquen a personas o dificulten el funcionamiento del centro en el logro de sus objetivos.

Cualquier otra situación que tenga la calificación de infracción leve en la normativa específica aplicable.

Artículo 56. Infracciones graves.

Se consideran infracciones graves:

El incumplimiento de lo establecido en los artículos 27, 28, 30 (excepto los apartados 1 y 3, en lo referente al consumo en la vía pública), 31 y 32, sobre condiciones de publicidad, promoción, venta y consumo de bebidas alcohólicas, tabaco y otras sustancias químicas.

El incumplimiento de lo establecido en los artículos 36, 37, 38, relativos a la venta de inhalables y colas, así como a la prescripción y dispensación de sustancias de abuso en el deporte y de sustancias estupefacientes y psicotropos.

Las que sean concurrentes con otras infracciones sanitarias leves, o hayan servido para facilitarlas o encubrirlas.

Impedir o dificultar el ejercicio de los derechos recogidos en el artículo 17 de la presente Ley.

Aplicar las ayudas y subvenciones públicas a finalidades distintas de aquellas para las que hubieran sido otorgadas.

Cualquier otra actuación que tenga la calificación de falta grave en la normativa específica aplicable.

La reincidencia en las infracciones leves.

Existe reincidencia cuando el responsable de la infracción haya sido sancionado mediante resolución firme por la comisión de otra infracción leve en los seis meses anteriores.

Artículo 57. Infracciones muy graves.

Se consideran infracciones muy graves:

El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30, apartado 1.

El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26.

El incumplimiento reiterado de los requerimientos específicos formulados por las autoridades competentes.

La negativa a facilitar información o a prestar colaboración a los servicios de control e inspección y el falseamiento de la información suministrada.

La resistencia, coacción, amenaza, represalia, desacato o cualquier otra forma de presión ejercida sobre las autoridades competentes.

Las que sean concurrentes con infracciones sanitarias graves o que hayan servido para facilitar o encubrir su comisión.

 Facilitar o de cualquier modo colaborar para que un menor pueda directa o indirectamente adquirir o apropiarse de bebidas alcohólicas, siempre que la conducta típica se realice bajo una actividad comercial, empresarial o con carácter lucrativo.

Cualquier otra actuación que tenga la calificación de infracción muy grave en la normativa especial aplicable al caso.

La reincidencia en infracciones graves y aquellas otras que por sus circunstancias concurrentes comporten un grave perjuicio para la salud de los usuarios.

Existe reincidencia cuando el responsable de la infracción haya sido sancionado mediante resolución firme por la comisión de otra infracción grave en el año anterior.
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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1653 en: 01 de Diciembre de 2010, 23:27:22 pm »


Si bien y a mi entender, consumir bebidas alcoholicas en un espacio privado de uso público, como puede ser un parking, podria ser una infracción grave (Art 56.1) por "consumo de bebidas alcohólicas en los establecimientos que carezcan de licencia para tal fin" (Artº 30.10), debiendo ser necesaria la identificación y anotacion como requiriente del propietario o responsable del parking en ese momento, como prueba de la "no permisividad" contenida en el Artº.30.10  .

Me se corrija si mesequivocase please.
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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1654 en: 02 de Diciembre de 2010, 00:02:50 am »


Si bien y a mi entender, consumir bebidas alcoholicas en un espacio privado de uso público, como puede ser un parking, podria ser una infracción grave (Art 56.1) por "consumo de bebidas alcohólicas en los establecimientos que carezcan de licencia para tal fin" (Artº 30.10), debiendo ser necesaria la identificación y anotacion como requiriente del propietario o responsable del parking en ese momento, como prueba de la "no permisividad" contenida en el Artº.30.10  .



Aunque mas bien creo que esto está mas orientado hacia los locales/establecimientos (que carecen de licencia para tal fin) que permiten el consumo en los mismos que hacia quienes en ellos consumen.

No termino de "ver" claro el encuadre,  de la prohibicion de consumo de bebidas alcohólicas en un parking privado de uso público, dentro de la 5/2002 de la C.M.  .

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1655 en: 02 de Diciembre de 2010, 13:17:32 pm »
. . . yo tampoco lo veo, pero llegado el caso lo que haría sería denunciar no por "consumir bebidas alcohólicas en la vía pública", sino por "consumir bebidas alcohólicas en un aparcamiento privado de uso público sin autorización de sus responsables". . .  y que el órgano Instructor proceda en consecuencia, a su tramitación o a su archivo . . . además . . .

DEL ALLANAMIENTO DE MORADA, DOMICILIO DE PERSONAS JURÍDICAS Y ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO.
Artículo 202.

1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.

Artículo 203.

1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año y multa de seis a diez meses el que entrare contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público fuera de las horas de apertura.

2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, el que con violencia o intimidación entrare o se mantuviere contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público.

Artículo 204.

La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley y sin mediar causa legal por delito, cometiere cualquiera de los hechos descritos en los dos artículos anteriores, será castigado con la pena prevista respectivamente en los mismos, en su mitad superior, e inhabilitación absoluta de seis a doce años.



. . . por lo que se les requeriría para que abandonaran el aparcamiento y de negarse a hacerlo o mantenerse contra la voluntad de los trabajadores del mismo filiaría a los participantes del botellón e informaría en comisaría . . . y luego que S.Sª. proceda si lo estima conveniente . . .
« Última modificación: 02 de Diciembre de 2010, 13:19:33 pm por Heracles_Pontor »

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1656 en: 02 de Diciembre de 2010, 13:23:22 pm »
Un aparcamiento privado de uso público en ningún caso podrá ser considerado morada.

Un aparcamiento privado considerado como "paso de servidumbre" al público en general tampoco es considerado morada.

Una zona común privada de uso público tampoco constituye morada.



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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1657 en: 02 de Diciembre de 2010, 13:44:28 pm »
Un aparcamiento privado de uso público en ningún caso podrá ser considerado morada.

Un aparcamiento privado considerado como "paso de servidumbre" al público en general tampoco es considerado morada.

Una zona común privada de uso público tampoco constituye morada.




. . . bueno, el aparcamiento privado de Plaza de España se podría considerar establecimiento mercantil abierto al público ya que dispone de un espacio subterráneo debidamente delimitado, un control de accesos de los vehículos y de las personas y además es una empresa con ánimo de lucro que por medio de un contrato tácito de compraventa, es decir, un contrato mercantil, te presta un servicio cobrando por ello un precio, es por lo tanto un establecimiento mercantil con unas características especiales, que se dedica al alquiler de un espacio de suelo donde aparcar el vehículo por medio de un precio . . . por lo tanto, se podría encuadrar dentro del establecimiento mercantil  o local abierto al público y una vez manifestada la voluntad de que sea abandonado por las personas que allí hacen botellón, si estas persisten en su negativa de abandonar el aparcamiento, es decir, el establecimiento mercantil, se podría encuadrar esta conducta dentro del 203 del CP, por eso filiaciones y minuta . . . luego que el Juzgado resuelva . . .

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1658 en: 02 de Diciembre de 2010, 13:53:07 pm »
Creo que ya hemos debatido sobre el botellón lo suficiente para saber el fallo de la norma, la prueba,  asi que nuestra actuación deberá ser... pasapalabra, es decir, fuera del recinto porque es "privado", que es algo que generalmente funciona... hasta la próxima.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #1659 en: 03 de Diciembre de 2010, 00:29:44 am »
Os inserto el enlace  a un video emitido el pasado Viernes por la Euskal Telebista 2 en su programa "Objetivo Euskadi".

En el vereis, aparte de otras cosas, como trabaja un poco la PL de Barakaldo en el tema del botellón. Para mi, conociendo la realidad, muy LIGHT. Por no hablar del mando que dice, "¡ Nosotros los que estamos en la calle!"  :mamad

Sin más comentarios..... ;vom;

http://www.eitb.com/videos/television/objetivo-euskadi/detalle/553569/objetivo-euskadi-los-mil-ambientes-nocturnos/
ALGUNOS SABEN LO QUE DICEN Y OTROS DICEN LO QUE SABEN