Este es una extracto de esa Ordenanza:
La ordenanza define como "práctica del botellón" la concentración de un número significativo de personas en la vía pública, consumiendo bebidas (preferentemente alcohólicas) que no procedan de locales de hostelería y que causen molestias a las personas que utilizan el espacio público, a los vecinos o el entorno y que provoquen situaciones de insalubridad.
En estos casos, los agentes de la Policía Municipal de Bilbao pueden intervenir cautelarmente las bebidas, envases y demás materiales utilizados en el botellón, que por razones de higiene y salud pública, serán inmediatamente destruidos. Igualmente, los hechos constatados por los agentes policiales servirán, en su caso, para iniciar los correspondientes expedientes sancionadores contra las personas implicadas en dichas prácticas.
La ordenanza reguladora de la práctica del botellón establece multas máximas de hasta 750 euros en caso de infracción leve, hasta 1.500 cuando sea considerada una infracción grave, y de hasta 3.000 euros para las infracciones muy graves.
La infracción de la ordenanza sobre botellón será considerada grave cuando, con independencia del número de personas concentradas, se produzca una alteración grave de la convivencia ciudadana, se deteriore la salubridad y la tranquilidad del espacio público, y se exteriorice el consumo de alcohol de forma denigrante para los demás usuarios de la vía pública.
La infracción alcanzará la categoría de "muy grave" cuando se produzca obstrucción de la labor de los agentes de la autoridad y poderes públicos o incumplimiento de las órdenes y requerimientos que pudieran ser formulados por los agentes policiales.
El texto establece las pautas a seguir por parte de los agentes de la Guardia Urbana para garantizar la protección de la salud pública (especialmente de los menores de edad), el respeto al medioambiente, el derecho al descanso, a la tranquilidad y a la inviolabilidad del domicilio, el derecho a disfrutar de un espacio público limpio y no degradado, y una ordenada utilización de la vía pública que favorezca la convivencia pacífica entre todos los ciudadanos y ciudadanas.
Sin embargo, según reconocieron, por encima de las sanciones económicas, la ordenanza reguladora del botellón en Bilbao ha sido concebida con un carácter educador, con el objetivo de velar por el civismo a la hora de hacer uso de los espacios públicos. En este sentido, las sanciones económicas impuestas por infringir esta ordenanza podrán ser suspendidas si el infractor acepta realizar trabajos o actividades en beneficios de la comunidad o participa en cursos sobre prevención del consumo de alcohol y los efectos nocivos que este tipo de bebidas tiene sobre la salud.
Durante la realización de dichos trabajos o cursillos, el Ayuntamiento de Bilbao hará un seguimiento para determinar el grado de asistencia y de satisfacción de los resultados obtenidos, que podrían suponer la remisión total o parcial de la sanción o sanciones impuestas.
En cualquier caso, todo el dinero que el Ayuntamiento de Bilbao pueda obtener por la aplicación de la nueva Odenanza reguladora del "botellón" se destinará íntegramente a financiar programas municipales de ocio para jóvenes. En caso de que existan menores de edad implicados, se considerará responsables directos y solidarios de las infracciones cometidas a los padres, madres o responsable legales correspondientes.