Autor Tema: EL BOTELLÓN  (Leído 379059 veces)

Desconectado 47ronin

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #400 en: 31 de Marzo de 2006, 14:56:59 pm »
Vamos a ver, qué regula la norma?, la prohibición de consumir alcohol en la vía pública. Si como dices alguien estuvo grabando la intervención y un notario levantó acta de lo acaecido, muy posiblemente, en ese acta e imágenes quede plasmado que el individuo en cuestión NUNCA consumió alcohol en la vía pública, siendo portador pero no consumidor, con lo cual, la denuncia cursada podría constituirse como una falsedad documental.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #401 en: 31 de Marzo de 2006, 15:18:03 pm »
...nadie va a la cárcel por intervenir bebidas alcohólicas.......habría que saber que pasó en realidad y de qué está imputado el compa?ero... ;::)
LO QUE DESEES PARA MI, TE DESEO EL DOBLE PARA TÍ

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #402 en: 31 de Marzo de 2006, 15:29:09 pm »
Incautar alcohol antes de un botellón es un acto lícito, según los abogados.

En la misma línea se definió el abogado ?scar Cabrero, aunque éste basa su argumento en la Ley de Seguridad Ciutadana (1/92).

Una ley y una ordenanza municipal facultarían a los agentes a requisar preventivamente la bebida ?ngel Juanpere
ajuanpere@diaridetarragona.com

La legalidad o no del decomiso preventivo de bebidas alcohólicas por parte de los agentes a los vehículos que circulaban por la zona donde estaba previsto celebrar una fiesta del botellón estuvo en el punto de crítica de algunos, que consideraban la actuación policial como abusiva. Sin embargo, dos abogados consultados por el Diari apuntaron que tanto una ley como una ordenanza municipal facultan a los agentes a actuar de forma preventiva. Otro se mostró más cauto.

Jueves por la noche. Una decena de agentes de la Gu?rdia Urbana se ubican en los accesos a la playa del Miracle, lugar previsto para la celebración de un botellón. El objetivo: impedir su celebración. Los agentes actúan como si de un control de seguridad ciudadana se tratara. Los vehículos van pasando uno a uno. Dependiendo de los ocupantes, lo hacen parar para revisar su interior. Si detectan la presencia de alguna bebida alcohólica, aunque se trate de una de baja graduación etílica, proceden a su incautación. Para ello colocan un adhesivo en la botella y lata con el nombre de su propietario, al que comunican que el día siguiente puede pasar a recoger lo aprehendido por las dependencias policiales. La mayoría de los jóvenes lo acepta, excepto uno de Montblanc, que pone muchas reticencias.

Antoni Vives, decano del Col?legi d'Advocats de Tarragona, apunta que la Ordenança Municipal de Conviv?ncia Ciutadana -que entró en vigor en agosto-, prohíbe el consumo y permite la requisa de bebidas alcohólicas, siempre que tengan una procedencia ilícita o para consumir en la vía pública. Es una medida cautelar, que puede ser impugnada por vía judicial?. Vives cree que jurídicamente ?está bien fundamentada?.

En la misma línea se definió el abogado ?scar Cabrero, aunque éste basa su argumento en la Ley de Seguridad Ciutadana (1/92). ?Entiendo que su artículo 19 da base para el decomiso. Es una cuestión preventiva y valorativa?. Apunta que el agente tiene que hacer una valoración de la situación y actuar según la misma. Puso como ejemplo que, según en qué circunstancias, se puede decomisar un simple palo. Por ello, cree que en la actuación policial en el botellón ?no hubo una restricción grave de los derechos?.
 
 
 

Desconectado Cactuss

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #403 en: 31 de Marzo de 2006, 17:05:18 pm »
Me parece que no me estoy enterando bien, la cosa es que han metido en la cárcel a un PMM por incautarle el alcohol a uno???  ;vom; ;vomi; Eso no puede ser...... ;c;
Judex damnatur ubi nocens absolvitur

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #404 en: 31 de Marzo de 2006, 17:08:06 pm »
Alguien puede confirmar el extremo de la condena al Agt. de PMM
J. David Gª Castilla también soy yo

MóN 3.7

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #405 en: 31 de Marzo de 2006, 18:37:19 pm »
Sería de interés general nos facilitases datos precisos sobre esa condena, pues creo que faltan muchos datos.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #406 en: 31 de Marzo de 2006, 18:49:39 pm »
Si ha entrao en el talego, desde luego que por intervener alcohol no es.
Apenas hombre, sacerdote indino,

que aprendiste sin Christus la cartilla,

hecho carnero en Córdoba y Sevilla

y bufón en la corte a lo divino.

Desconectado jipilichi

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #407 en: 31 de Marzo de 2006, 22:20:21 pm »
Pues habra que enterarse, ya que ha empezado de nuevo ese servicio, y despues del paro biologico esta la cosa hasta los topes.

Andaremos con pies de plomo.

Saludos
Si te dedicas a la política, por favor, no toques nada, lo convertirás en mierda.

uidfaro

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #408 en: 01 de Abril de 2006, 00:08:23 am »
pues, no se en catalu?a, pero aqui en Madrid se puede denunciar el consumo pero no se recoge en ningun lado la intervención antes del consumo, excepto en el caso que se?alaba anteriormente en que el hubiese menores para evitar que siguieran consumiendo.
SI yo voy con mi coche, un policia me abre el maletero y se lleva mis bebidas por sus huevos (porque no hay norma que lo ampare y si no han cambiado las cosas, todo lo que no esté prohibido, esta permitido) y no se entrega acta (porque a ver dime a mi que acta le haces si no puedes intervenirla) me parece a mi que muy legal no será. No ha habido nada más y por desgracia, eso nos podía haber pasado a muchos, entre los que me incluyo.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #409 en: 01 de Abril de 2006, 00:10:10 am »
Ah, nos est?s hablando de un decomiso de bebidas alcohólicas de una furgoneta que es interceptada por que, o bien van a consumir o bien van a vender el producto a terceros, pues si es así, y la denuncia lo es por consumo, falsedad documental como te dije.

uidfaro

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #410 en: 01 de Abril de 2006, 00:12:31 am »
bueno verás, se le intercepta a la entrada en la casa de campo, se trata de una furgoneta conducida por un champi?on, en principio piensas, blanco y en botella, a tomar por culo, te quito las cervezas.
Pero pongo el caso de que este bebiendo en la calle, ?que norma te ampara para intervenirle el alcohol o tirarselo? yo desde luego la desconozco y eso es una práctica habitual.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #411 en: 01 de Abril de 2006, 12:34:54 pm »
habia menores...manifestaban q seguiran bebiendo...las tiraron de la rabia...
"quotquot???ESTOS SE CREEN QUE LOS PÁJAROS MAMAN!!!"quotquot
PKPMZ A.K.A. JOSE DAVID GARCIA CASTILLA
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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #412 en: 01 de Abril de 2006, 13:29:29 pm »
Yo en este caso entiendo que la furgoneta era conocida, que ya se le había decomisado la mercancía en otras ocasiones, que el ecuatoriano se había asesorado y ese día iba preparado y a la "caza" y las consecuencias de querer ir más allá de lo que nos permite la norma se plasman ahora con esa condena.

Respecto a tu pregunta, al igual que la ley prevé el comiso de otras sustancias, la aplicación de la 1/92 serviría para el comiso del alcohol.

Retorciendo las dos leyes, la antibotellón de MADRID considera droga a aquellas bebidas alcohólicas que superen un 1 grado, y la 1/92 prohibe el consumo de drogas en la vía pública con el comiso y remisión de lo incautado.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #413 en: 01 de Abril de 2006, 17:31:53 pm »
Este es un artículo de nuestra ordenanza; si están bebiendo se les puede intervenir la bebida.

ARTICULO 5

5.1 Corresponde a los Agentes de la Policía Local y funcionarios facultados al efecto, la vigilancia del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

5.2. Si como resultado de su actuación inspectora comprobaran la existencia de hechos y conductas presuntamente constitutivos de infracción según los tipos establecidos en esta Ordenanza, con independencia de poner inmediatamente los mismos en conocimiento de la autoridad municipal competente para sancionarlo, podrán proceder a la recogida de los instrumentos utilizados, ya sean objetos, puestos, tenderetes o vehículos, bebidas alcohólicas objeto de consumo y bebidas alcohólicas expuestas a la venta.  ;llor;

5.3 La autoridad municipal, que tenga atribuida la competencia sancionadora al iniciar el procedimiento sancionador, resolverá sobre el mantenimiento de esta medida o procederá a levantarla. Igualmente podrá resolver sobre la suspensión de las actividades que se realicen careciendo de licencia o autorización o incumpliendo los requisitos establecidos en las mismas.

A mano abierta mejor

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #414 en: 01 de Abril de 2006, 17:57:23 pm »
Deberíais trasladar este tema al Foro Profesional, me parece.

Un saludo.
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #415 en: 01 de Abril de 2006, 19:34:57 pm »
Madrid no tiene una ordenanza sobre consumo de alcohol en las vías públicas, toda vez que un Juez determinó que consumir no era punible, y ello motivó que ese artículo quedase sin efecto, con lo cual hemos de aplicar la ley 5/2002, que no contempla el comiso de alcohol en el caso que nos aporta UIDFARO, pudiendo hacerse, de forma "retorcida", una aplicación de la 5/2002 junto con la 1/92 si el alcohol intervenido fuese de 1 grado.
« Última modificación: 01 de Abril de 2006, 19:48:16 pm por 47ronin »

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #416 en: 01 de Abril de 2006, 19:36:26 pm »
Esta es la consideración que del alcohol hace la ley 5/2002:

Artículo 4.Definiciones.

1. A los efectos de esta Ley, se considerará como droga toda aquella sustancia que, introducida en un organismo vivo, puede modificar una o más funciones de éste, siendo capaz de generar dependencia, provocar cambios en la conducta y efectos nocivos para la salud y el bienestar social. Tienen tal consideración:

a) Las bebidas alcohólicas de graduación superior a 1 grado porcentual de su volumen.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #417 en: 01 de Abril de 2006, 19:46:47 pm »
Y esto en base a la 1/92:

El Capítulo IV establece un régimen sancionador que permite el cumplimiento de las finalidades de la Ley y de las correspondientes garantías constitucionales. Tipifica las infracciones contra la seguridad ciudadana, haciendo la graduación entre infracciones muy graves, infracciones graves e infracciones leves; comprendiéndose específicamente entre las infracciones graves el consumo en lugares públicos y la tenencia ilícita de drogas tóxicas o sustancias estupefacientes, las cuales podrán ser sancionadas,

Y:

ARTICULO 28

C) Incautación de los instrumentos o efectos utilizados para la comisión de las infracciones, y, en especial, de las armas, de los explosivos, de las embarcaciones de alta velocidad o de las drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #418 en: 01 de Abril de 2006, 19:49:06 pm »
Sobre el caso que inicia el tema me gustaría conocer el contenido de los hechos probados de esa sentencia.

uidfaro

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Re: EL BOTELLÓN
« Respuesta #419 en: 01 de Abril de 2006, 23:18:41 pm »
A mi también, estoy intentando enterarme del tema mejor, saber cuanto le ha caido al compa?ero, ver la sentencia, sería muy interesante