Miércoles 17 de enero 2007 | Actualizado a las 16:42h
La Audiencia de Barcelona declara al Estado responsable civil subsidiario del asesinato de un policía en El Prat
17/01/2007 | Actualizada a las 16:39h
Barcelona. (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha condenado a 37 y 18 a?os y medio de prisión, respectivamente, a los dos presos que asesinaron a un policía nacional en su fuga de los juzgados de El Prat y ha declarado al Estado responsable civil subsidiario del crimen por la insuficiente seguridad de los calabozos.
En su sentencia, la sección séptima de la Audiencia de Barcelona condena a los dos procesados, Julio Navarro y Antonio Giménez, por el asesinato del policía nacional que los custodiaba y les obliga a indemnizar con 90.000 euros a los padres de la víctima, con 100.000 a su novia y con otros 17.000 a su hermano.
Pese a que fue Navarro el autor material del disparo que acabó con la vida del policía nacional, la sentencia considera a ambos culpables del asesinato del agente porque su plan conjunto para desarmarlo y reducirlo comportaba "que en caso de necesidad se tendría que atentar contra su vida, hecho que formaba parte del plan y fue aceptado por los dos procesados".
La fuga ocurrió el 24 de mayo de 2004, cuando los procesados, aprovechando que sólo había un agente custodiándoles, dado que el otro miembro de la patrulla había ido a acompa?ar a un tercer detenido ante el juez, se abalanzaron sobre el funcionario y le arrebataron la pistola, con la que Julio Navarro le descerrajó un disparo mortal.
Posteriormente, ambos presos salieron a la calle, donde Navarro siguió disparando con el arma reglamentaria hasta alcanzar a un transeúnte, y huyeron en un coche que acababan de robar.
La sentencia considera al Estado responsable civil subsidiario del suceso, dado que ocurrió en un edificio cuya función de impartir justicia le corresponde, aunque el inmueble en sí pertenezca a la Generalitat, y durante la custodia de dos presos por parte de la Policía Nacional.
El tribunal considera que el policía al mando de la comisaría de El Prat "infringió las normas y directrices que regulan el traslado y custodia de detenidos", al encargar la vigilancia de tres presos a una sola dotación policial, "la cual por falta de medios personales no pudo evitar el plan de fuga ideado por los procesados".
"Si el número de agentes de policía de los calabozos de El Prat, el día de autos, hubiera sido el necesario para garantizar la seguridad de la custodia, evitando la fuga y la agresión del agente de policía, los hechos no se hubieran producido", concluye el fallo.