La sentencia considera que hubo "un defectuoso funcionamiento del servicio público", lo que provocó que el agente perdiera parte de la visión de un ojo
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado a la Administración vasca a pagar 51.000 euros a un ertzaina que resultó herido el 25 de abril de 1997 en el Casco Viejo de la localidad guipuzcoana de Hernani durante una manifestación convocada en el marco del 'borroka Eguna' (Día de luha) convocado por ETA y secundado por varias organizaciones de la izquierda abertzale.
La sentencia, que atribuye "la responsabilidad patrimonial" a la Administración pública, considera que hubo "un defectuoso funcionamiento del servicio público" que provocó que el agente resultara lesionado tras el ataque de los radicales, perdiera la visión de un ojo, y sufriera cicatrices y trastorno ansioso-depresivo. En este sentido, recuerda que el ertzaina iba en un vehículo oficial sin distintivos y sin ningún dispositivo de blindaje, y que la radio estaba averiada, por lo que no pudo llamar a sus compa?eros para que le ayudaran.
Además, destaca que los agentes que iban en él "resultaban fácilmente reconocibles por quienes participaban en la manifestación ilegal", porque la matrícula "no había sido eficazmente camuflada y las personas que ocupaban su interior eran visibles desde el exterior".
El alto Tribunal vasco también tiene en cuenta que la radio, por la que los ertzainas debían comunicarse con los agentes de las furgonetas antidisturbios "no llegó a funcionar" cuando el ertzaina fue atacado, "al encontrarse averiada por causas que la defensa de la Administración ni siquiera ha intentado explicar"
La sentencia se?ala que, por tanto, se quebró "la eficiencia" y los dos agentes que iban en el vehículo sin distintivos fueron descubiertos por los integrantes de la manifestación y agredidos. A su juicio, la situación de "riesgo inminente", cuando los manifestantes cogieron piedras y objetos contundentes para atacar al coche, "sólo podía verse conjurada mediante la actuación coordinada de los otros dos elementos que componían el dispositivo policial" que no pudo realizarse por la avería de la radio.
Bloque de cemento
El TSJPV considera probado que la manifestación se produjo en el marco de un 'borroka eguna' convocado por ETA y que se convocaron actos ilegales, instando "a los participantes a acciones de sabotaje contra las fuerzas de seguridad".
Asimismo, recuerda que el día anterior a estos actos, el 24 de abril de 1997, la organización terrorista asesinó en Bilbao al policía nacional Luis Andrés Samperio, "y este crimen fue relacionado con la convocatoria del día siguiente por el propio consejero de Interior del Gobierno vasco", quien advirtió de que se podría "registrar un intento de violencia generalizada en las calles".
Agentes de la Ertzaintza testificaron, además, durante el procedimiento que "los vehículos oficiales sin distintivos adscritos a la Comisaría de Hernani se encontraban 'quemados' al encontrarse identificados por las organizaciones del MNLV" y que habían reclamado reiteradamente su cambio y la dotación de cristales tintados y protegidos con lámina de seguridad.
También explicaron que tenían conocimiento de que el número de la matrícula del vehículo empleado el día de los hechos aparecía escrita en las puertas de los aseos de determinados establecimientos hosteleros de la localidad. De esta forma, los manifestantes identificaron el vehículo y se acercaron al mismo por ambos lados. Desde el grupo de la izquierda del coche se lanzó un bloque de cemento que rompió el cristal y le partió literalmente la cara al agente que conducía el vehículo -que ha demandado al Departamento de Interior-.
Medio insconsciente
Mientras, por la otra parte, se dirigieron hacia el vehículo varios manifestantes con cócteles molotov en dirección a la puerta delantera derecha, mientras otros seguían tirando piedras. El agente que ocupaba el asiento de copiloto enca?onó a quienes se le acercaban y gritó al conductor que acelerase. El ertzaina así lo hizo, recorrió unos 200 metros y quedó medio inconsciente.
Entonces, el otro agente se hizo cargo del volante y condujo el vehículo hasta el Hospital Gipuzkoa de San Sebastián, donde ambos quedaron ingresados. "El copiloto hizo uso del dispositivo de la emisora pero ésta no funcionó, por lo que sólo pudo comunicar lo ocurrido al llegar al Hospital desde donde llamó a la Comisaría utilizando una cabina de teléfono", indica la resolución judicial.
El ertzaina que deberá ser indemnizado tenía entonces 32 a?os y perdió la visión del ojo derecho tras ser operado de las graves lesiones que sufrió, lo que motivó su "incapacitación" para ejercer de policía. Además, sufrió cicatrices en la cara y trastorno ansioso-depresivo.
De esta forma, obliga a la Administración vasca a indemnizar al agente y anula la orden del Departamento del Interior, por la que desestimaba la reclamación de resarcimiento planteada por el ertzaina.