Autor Tema: CADENA TEMARIO  (Leído 289621 veces)

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2720 en: 12 de Agosto de 2008, 00:46:24 am »


No descartes la "A", ya que si bien es cierto que la colectividad es indeterminada, tambien lo es que mientras el centro comercial se encuentra cerrado puede que su estacionamiento se encuentre igualmente cerrado, es decir, sustraido al uso publico. Habria que saber si en el horario de cierre tambien lo esta (cerrado) el aparcamiento del centro.


La preguntita se las trae.

 Cuál es la definició de determinada? Yo entiendo que determinada significa cierta colectividad en particular (clientes) y no personas con nombre y apellidos.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2721 en: 12 de Agosto de 2008, 08:35:35 am »
Ten en cuenta una cosa muy importante que es necesario destacar para entender esto, y es una cosa poco utilizada en el código penal:

Artículo 382. 

Cuando con los actos sancionados en los artículos 379, 380 y 381 se ocasionare, además del riesgo prevenido, un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, los Jueces o Tribunales apreciarán tan sólo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado.



No dice el artículo "se castigara como", cambiando la pena pero el tipo penal, formula que suele emplear bastante el código penal, este artículo marca un criterio para tipificar penalmente sólo un delito, y esa tipificación viene marcada por la infracción mas grave, osea, dicho de una forma poco ortodoxa, te perdonan por la cara la que menos pena tenga (que no la mas leve, si no la menos penada).


Sí fuyu, entiendo este post y el anterior (aunque creía que se subsumía el delito, no que desaparecía), pero lo que te quiero decir es que aunque sea delito, bien la conducción temeraria (de peligro) o las lesiones que se produzcan si la pena es mayor (de resultado) ni uno ni el otro son accidente de circulación.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2722 en: 12 de Agosto de 2008, 08:38:12 am »
Es una colectividad DETERMINADA de usuarios, según entiendo yo, únicamente clientes. Si fuera indeterminada, le sería de aplicación la LSV pero en este caso yo no lo veo asín.

En mi opinión, una colectividad determinada sería un cierto número de personas "identificables". Por ejemplo, en el garaje de una comunidad de vecinos, sabemos que hay 20 plazas: la 1 es del Bajo A, la 2 del Bajo B, etc, etc...

A falta de una definición más particular, he encontrado esto:

"Esa colectividad indeterminada se solidifica en razon de que las plazas que existen en dicho parking no estan asignadas a ningun vehiculo, pueden ser usadas por distintos vehiculos durante todo un dia, tenga o no barrera de acceso de entrada ya que esa barrera solo constituye una tasa."

http://www.copslocales.com/viewtopic.php?f=6&t=2135&p=14118&highlight=#p14118

Salu2

Entiendo... ok, pero porque lo dice mustiki que si no... .ca; .ca;
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2723 en: 12 de Agosto de 2008, 08:42:37 am »
Otra:

La PL puede establecer controles preventivos de alcoholemia en todas las vías de su término municipal sin la autorización de la JPT:

A) Sólo cuando se hacen campa?as preventivas y dentro de las fechas que dicha campa?a establezca
B) No puede hacerlo
C) Sí puede hacerlo siguiendo instrucciones de la jefatura del cuerpo o de la delegación

Creo que no admite duda, pero el corrector me ha dicho algo muy feo...

Sigo sin ver respuesta...  :bote :bote
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2724 en: 12 de Agosto de 2008, 10:32:54 am »

yo digo que la A


Desconectado Miky

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2725 en: 12 de Agosto de 2008, 10:37:02 am »
Yo creo que un centro comercial siempre es una colectividad indeterminada de personas tanto abierto como cerrado asi q diria q la "B". Para que fuera determinada tendría que ser tipo urbanización en la que cada cual x ejemplo tiene asignada su plaza.
1 saludo!
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2726 en: 12 de Agosto de 2008, 12:02:57 pm »
Yo creo que un centro comercial siempre es una colectividad indeterminada de personas tanto abierto como cerrado asi q diria q la "B". Para que fuera determinada tendría que ser tipo urbanización en la que cada cual x ejemplo tiene asignada su plaza.
1 saludo!

Yo estoy contigo miky ;)
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Desconectado MASAM

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2727 en: 13 de Agosto de 2008, 18:52:04 pm »
Yo creo que un centro comercial siempre es una colectividad indeterminada de personas tanto abierto como cerrado asi q diria q la "B". Para que fuera determinada tendría que ser tipo urbanización en la que cada cual x ejemplo tiene asignada su plaza.
1 saludo!


Si se encuentra cerrado (sustraido al uso publico) ya no puede ser utilizado por colectividad indeterminada y por consiguiente no puede ser la "B".


Citar
No serán aplicables los preceptos mencionados a los caminos, terrenos, garajes, cocheras u otros locales de similar naturaleza, construidos dentro de fincas privadas, sustraídos al uso público y destinados al uso exclusivo de los propietarios y sus dependientes.

Cerrado, como mucho, sera utilizado la propiedad y por los servicios internos del propio centro (ya sea de vigilancia, carga/descarga, mantenimiento...etc...), es decir, se encontrara sustraido al uso publico.


       <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.tp.html#a1" target="_blank" rel="noopener noreferrer" class="bbc_link bbc_flash_disabled new_win">http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.tp.html#a1</a>




El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

Desconectado MASAM

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2728 en: 13 de Agosto de 2008, 18:58:39 pm »
Otra:

La PL puede establecer controles preventivos de alcoholemia en todas las vías de su término municipal sin la autorización de la JPT:

A) Sólo cuando se hacen campa?as preventivas y dentro de las fechas que dicha campa?a establezca
B) No puede hacerlo
C) Sí puede hacerlo siguiendo instrucciones de la jefatura del cuerpo o de la delegación


Yo me decantaria por la "C".
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2729 en: 13 de Agosto de 2008, 19:34:57 pm »
Otra:

La PL puede establecer controles preventivos de alcoholemia en todas las vías de su término municipal sin la autorización de la JPT:

A) Sólo cuando se hacen campa?as preventivas y dentro de las fechas que dicha campa?a establezca
B) No puede hacerlo
C) Sí puede hacerlo siguiendo instrucciones de la jefatura del cuerpo o de la delegación


Yo digo la "C" también

Yo me decantaria por la "C".

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2730 en: 13 de Agosto de 2008, 23:59:16 pm »
Otra:

La PL puede establecer controles preventivos de alcoholemia en todas las vías de su término municipal sin la autorización de la JPT:

A) Sólo cuando se hacen campa?as preventivas y dentro de las fechas que dicha campa?a establezca
B) No puede hacerlo
C) Sí puede hacerlo siguiendo instrucciones de la jefatura del cuerpo o de la delegación


Yo me decantaria por la "C".

Y quién no?
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2731 en: 14 de Agosto de 2008, 17:13:54 pm »
Another question:

Los entes que integran la administración local son:

A) Entes dotados de autonomía propia pero igual que la del Estado.
B) Poseen personalidad jurídica propia y distinta de otras administraciones.
C) Su personalidad jurídica es complementaria a la del Estado y CCAA.

Artículo 140 CE:

La Constitución garantiza la autonomía de los municipios.

Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la Ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. La Ley regulará las condiciones en las que proceda el régimen del concejo abierto.

Artículo 141 CE:

1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.
--------------------------------

Tanto el Municipio como la Provincia (entre otros) son entes que integran la administración. Qué opción elegiríais?
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Desconectado Jimyloko

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2732 en: 14 de Agosto de 2008, 18:07:43 pm »
Ostias, esta es una de esas preguntas, que no contestaria en un examen, pero aqui, me decantaria por la "B"
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2733 en: 15 de Agosto de 2008, 01:04:33 am »
Ostias, esta es una de esas preguntas, que no contestaria en un examen, pero aqui, me decantaria por la "B"

En mi opinión está mal redactada. La A) habla de autonomía propia pero igual que la del Estado (sin comentarios). La B) habla de personalidad jurídica propia (el Municipio no la tiene, sino que es plena, cosa diferente). La C) de personalidad jurídica "complentaria", qué co?o es esto??

Impugnada :adios :adios
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2734 en: 15 de Agosto de 2008, 01:40:17 am »
Ostias, esta es una de esas preguntas, que no contestaria en un examen, pero aqui, me decantaria por la "B"

En mi opinión está mal redactada. La A) habla de autonomía propia pero igual que la del Estado (sin comentarios). La B) habla de personalidad jurídica propia (el Municipio no la tiene, sino que es plena, cosa diferente). La C) de personalidad jurídica "complentaria", qué co?o es esto??

Impugnada :adios :adios

Pues yo creo que es correcta, los entes que integran la administración local son personas juridicas de derecho púbico, lo cual quiere decir que particpan en todo o en parte, de la soberania o peoestad pública del Estado.

Y como persona juridica la personalidad juridica es propia, y por supuesto plena pues una persona juridica no puede tener capacidad incompleta.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2735 en: 15 de Agosto de 2008, 02:01:33 am »
Ostias, esta es una de esas preguntas, que no contestaria en un examen, pero aqui, me decantaria por la "B"

En mi opinión está mal redactada. La A) habla de autonomía propia pero igual que la del Estado (sin comentarios). La B) habla de personalidad jurídica propia (el Municipio no la tiene, sino que es plena, cosa diferente). La C) de personalidad jurídica "complentaria", qué co?o es esto??

Impugnada :adios :adios

Pues yo creo que es correcta, los entes que integran la administración local son personas juridicas de derecho púbico, lo cual quiere decir que particpan en todo o en parte, de la soberania o peoestad pública del Estado.

Y como persona juridica la personalidad juridica es propia, y por supuesto plena pues una persona juridica no puede tener capacidad incompleta.

Quizas lleves razon fuyu, pero hay que ajustarse a lo que dice el temario de acceso a policia loca donde las preguntas de test se ajustan al mismo.

Saludos y paz
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

Desconectado fuyu

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2736 en: 15 de Agosto de 2008, 02:17:14 am »
Bueno, entonces espero que no te ponga como un temario de cierta policia local que vi hace a?os que no me gustaría decir por si hay alguien de Castilla y León y se sientiera ofendido, pero ponía que el Rey pertenecía al poder ejecutivo.

Por otra parte no sabía que en la oposición la policía local daba temario cerrado.
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Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2737 en: 15 de Agosto de 2008, 02:30:17 am »
Bueno, entonces espero que no te ponga como un temario de cierta policia local que vi hace a?os que no me gustaría decir por si hay alguien de Castilla y León y se sientiera ofendido, pero ponía que el Rey pertenecía al poder ejecutivo.

Por otra parte no sabía que en la oposición la policía local daba temario cerrado.

No es temario cerrado, sino básico fuyu, de hecho, en los examenes tipo test se suelen extraer textos explicitos para las preguntas del cuestionario sacados del temario que suelen dar las academias. Que conste que no generalizo.

Saludos y paz.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2738 en: 15 de Agosto de 2008, 13:54:30 pm »
Bueno, entonces espero que no te ponga como un temario de cierta policia local que vi hace a?os que no me gustaría decir por si hay alguien de Castilla y León y se sientiera ofendido, pero ponía que el Rey pertenecía al poder ejecutivo.

Por otra parte no sabía que en la oposición la policía local daba temario cerrado.

Nunca he entendido la diferencia entre personalidad jurídica propia y plena, buscando por Internet sin mucho énfasis por contrastar he encontrado esto: http://www.derecho.com/Foros/UBBControl/Forum3/HTML/000493.html

Los dos usuarios coinciden en que es lo mismo plena que propia, por tanto volviendo a la pregunta podríamos dar por buena la B).
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2739 en: 15 de Agosto de 2008, 13:57:20 pm »
Otra pregunta de la que no encuentro respuesta:

Tras la aprobación por un Ayto. de la CM de una OM, ?De qué plazo dispone la CM para impugnar dicha ordenanza?

A) 30 días desde el momento de su publicación.
B) De 15 días.
C) De 10 días desde su aprobación.

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