Autor Tema: CADENA TEMARIO  (Leído 289453 veces)

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2760 en: 16 de Agosto de 2008, 22:41:51 pm »
Os habeis liado un poco con lo del delito flagrante, la ley de Enjuiciamiento Criminal, en el art. 795 (introducido por ley 38/2002) establece la definción de delito flagrante, desde el punto de vista de los requisitos para el enjuiciamiento rápido:

.
.
.


En otra sentencia mas clara, aunque menos tecnica, dice que el delito flagrante es aquel que traciende al exterior de manera objetiva de forma que es percibido por los sentidos y cuya existencia y notoria y evidente para los que estan en las inmediaciones del lugar que se esta cometiendo.



Por cierto, vaya ka?a que os dan en los examenes, porque esto no creo que sea materia de oposición, ya que son cosas basante especificas, pero bueno.... ahi os dejo la explicación hasta donde yo llego.



Cuando yo aprobé todo parecía más sencillo, ahora parece que las preguntas cada vez las rebuscan más... Con algunas flipo, están sacadas de jurisprudencia o de interpretaciones de autores...

Por cierto, todo esto que escribes sale de tu cabeza? Si es así, quieres casarte conmigo? Ahora ya se puede...

Gracias compis. Otra más:

El concepto de delito flagrante viene delimitado por los requisitos de:

A) Inmediatez temporal, personal y de necesidad urgente.
B) De inmediatez temporal y personal, exclusivamente.
C) Solamente se requiere la inmediatez temporal.

...

No obstante, si kieres, o si te la tienes que jugar en una respuesta, como regla general...

  huye de las respuestas q contengan palabras tales como  únicamente, sólamente, exclusivamente...

Eso lo tengo más claro que el agua BOY, pero muchas gracias, tienes toda la razón, siempre esos adverbios suelen estar colocados en la respuesta errónea para incitar a responder rápidamente.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2761 en: 16 de Agosto de 2008, 23:12:35 pm »
Si peing, pero tu ten en cuenta que tengo un examen bastante complicado a final de a?o para el que llevo estudiando muchos a?os, y quieras que no el burro mas tonto a base de tiempo aprende el camino.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2762 en: 16 de Agosto de 2008, 23:14:44 pm »
Y no, no me caso con tigo, que ya estoy casado con Espa?a.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2763 en: 16 de Agosto de 2008, 23:41:04 pm »
Y no, no me caso con tigo, que ya estoy casado con Espa?a.

Me estás poniendo cada vez más... dime más guarradas, más, más!!
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2764 en: 17 de Agosto de 2008, 00:03:37 am »
Y no, no me caso con tigo, que ya estoy casado con Espa?a.

Me estás poniendo cada vez más... dime más guarradas, más, más!!

Iros a un hotel...  :;:) y dejad este hilo para lo que fue abierto......  :lect   


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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2765 en: 17 de Agosto de 2008, 00:10:41 am »
Díselo a él que no tiene otra cosa que hacer que decir guarreridas espa?olas y uno no es de piedra

http://www.youtube.com/watch?v=jqNTru0AXWU
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2766 en: 17 de Agosto de 2008, 01:39:43 am »

Por cierto, vaya ka?a que os dan en los examenes, porque esto no creo que sea materia de oposición, ya que son cosas basante especificas, pero bueno.... ahi os dejo la explicación hasta donde yo llego.


En mi opinión esto es culpa de las academias que cada vez meten más preguntas extra?as y sin sentido a sus alumnos (supongo que asi consiguen tenerlos más tiempo pagando) y al final estas preguntas, si llegan a salir en los exámenes de los municipios es por el viejo proceso del "copy-paste". Muchas de las preguntas, ni son lógicas ni tienen que ver con el temario o la profundidad lógica que se debería exigir del mismo.

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2767 en: 17 de Agosto de 2008, 11:16:12 am »

Por cierto, vaya ka?a que os dan en los examenes, porque esto no creo que sea materia de oposición, ya que son cosas basante especificas, pero bueno.... ahi os dejo la explicación hasta donde yo llego.


En mi opinión esto es culpa de las academias que cada vez meten más preguntas extra?as y sin sentido a sus alumnos (supongo que asi consiguen tenerlos más tiempo pagando) y al final estas preguntas, si llegan a salir en los exámenes de los municipios es por el viejo proceso del "copy-paste". Muchas de las preguntas, ni son lógicas ni tienen que ver con el temario o la profundidad lógica que se debería exigir del mismo.

Amén.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2768 en: 17 de Agosto de 2008, 19:49:12 pm »
Esta pregunta ya la posteé, me ha vuelto a salir y sigo sin hallar respuesta:

Las competencias de la Admón. Gral del Estado en materia de tráfico corresponden a:

A) Ministerio de Administraciones Públicas.
B) Ministerio de Interior, que las ejerce a través de la DGT
C) Ministerio de Interior, que las ejerce a través de la JCT.

El artículo 4 de la LSV habla de las competencias del Estado, pero no del órgano que las ejerce. El 5 habla de Ministerio del Interior y entiendo que las competencias además de ser completamente diferentes, están divididas entre distintos órganos (JCT y Admón. Gral Estado) para su cumplimiento...

Iluso de mí he respondido la A) por eliminación...
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2769 en: 17 de Agosto de 2008, 20:11:42 pm »
Otra más, y responder a todas o hablo con los de arriba para expulsaros definitivamente del foro  :risba :risba

?Cuál de estas atribuciones es propia del Presidente del Gobierno?

A) Representar al Gobierno de la Nación.
B) Asegurar la coordinación de los Ministerios.
C) Las dos son correctas.

No encuentro en la Ley 50/1997 nada al respecto, a no ser que de esta frase: "El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de los Ministros en su gestión." pueda entenderse eso.

Hay preguntas muy rebuscadas...
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2770 en: 17 de Agosto de 2008, 20:22:51 pm »
Según mi temario y aludiendo al art.5 (que es donde te pone las competencias de el Ministerio del Interior) te dice lo siguiente: "El Ministerio del Interior, realiza las competencias mencionadas a través del Organismo Autonomo JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO dependiente de la DGT (RD 1449/2000); y para su ejercicio en materia de vigilancia, regulación y control del tráfico y la Seguridad Vial así como la denuncia de infraccionesy labores de protección y auxilio en las vías, actuarán las Fuerzas de la G.C. de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine, especialmente su Agrupación de Tráfico, que a esos efectos depende de la JCT"

Espero que te ayude!
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2771 en: 17 de Agosto de 2008, 20:27:06 pm »
Otra más, y responder a todas o hablo con los de arriba para expulsaros definitivamente del foro  :risba :risba

?Cuál de estas atribuciones es propia del Presidente del Gobierno?

A) Representar al Gobierno de la Nación.
B) Asegurar la coordinación de los Ministerios.
C) Las dos son correctas.

No encuentro en la Ley 50/1997 nada al respecto, a no ser que de esta frase: "El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de los Ministros en su gestión." pueda entenderse eso.

Hay preguntas muy rebuscadas...

En cuanto a que representa al gobierno no creo que tengas dudas.

En cuanto a que asegura la coordinación entre Ministerios, pues tu mismo lo has dicho, coordina las funciones de los demas miembros del gobierno.... ?y quienes son miembros del gobierno? pues el presidente, el vicepresidente o vicepresidentes en su caso, y los ministros.

Con lo cual yo creo que esta claro que es la c, y ademas es facil.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2772 en: 17 de Agosto de 2008, 20:28:43 pm »
A la otra pregunta yo sinceramente creo que las dos son correctas, pero no por que lo ponga en ninguna ley sino por lógica (y espero no equivocarme pq en ese caso rozo el ridículo espantoso!)
Que representa al Gobierno de la Nación esta claro pq basicamente es la cabeza mas visible de todas (dependiendo de la materia tb los Ministros representan al gobierno), y de lo de la coordinación interministerial, pues que digo yo que si el jefe no los coordina no los coordina ni su padre!!
Pero es Espa?a y de todo puede pasar!!!
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2773 en: 17 de Agosto de 2008, 20:29:49 pm »
Según mi temario y aludiendo al art.5 (que es donde te pone las competencias de el Ministerio del Interior) te dice lo siguiente: "El Ministerio del Interior, realiza las competencias mencionadas a través del Organismo Autonomo JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO dependiente de la DGT (RD 1449/2000); y para su ejercicio en materia de vigilancia, regulación y control del tráfico y la Seguridad Vial así como la denuncia de infraccionesy labores de protección y auxilio en las vías, actuarán las Fuerzas de la G.C. de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine, especialmente su Agrupación de Tráfico, que a esos efectos depende de la JCT"

Espero que te ayude!

Léete la pregunta otra vez, habla sobre las competencias del Estado, artículo 4.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2774 en: 17 de Agosto de 2008, 20:30:34 pm »
Según mi temario y aludiendo al art.5 (que es donde te pone las competencias de el Ministerio del Interior) te dice lo siguiente: "El Ministerio del Interior, realiza las competencias mencionadas a través del Organismo Autonomo JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO dependiente de la DGT (RD 1449/2000); y para su ejercicio en materia de vigilancia, regulación y control del tráfico y la Seguridad Vial así como la denuncia de infraccionesy labores de protección y auxilio en las vías, actuarán las Fuerzas de la G.C. de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine, especialmente su Agrupación de Tráfico, que a esos efectos depende de la JCT"

Espero que te ayude!

Pues no andas tu desfasado con ese R.D., ese ya duerme el sue?o de los justos, tras ese, que yo me acuerde hubo cuatro modificaciones, seguramente mas, actualmente esta vigente el R.D. 1181/2008.


COMO ESO LO HAYAS SACADO DEL TEMARIO DE UNA ACADEMIA, CAMBIA DE ACADEMIA DE INMEDIATO. (si quieres claro, sólo es un consejo)
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2775 en: 17 de Agosto de 2008, 20:31:15 pm »
Otra más, y responder a todas o hablo con los de arriba para expulsaros definitivamente del foro  :risba :risba

?Cuál de estas atribuciones es propia del Presidente del Gobierno?

A) Representar al Gobierno de la Nación.
B) Asegurar la coordinación de los Ministerios.
C) Las dos son correctas.

No encuentro en la Ley 50/1997 nada al respecto, a no ser que de esta frase: "El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de los Ministros en su gestión." pueda entenderse eso.

Hay preguntas muy rebuscadas...

En cuanto a que representa al gobierno no creo que tengas dudas.

En cuanto a que asegura la coordinación entre Ministerios, pues tu mismo lo has dicho, coordina las funciones de los demas miembros del gobierno.... ?y quienes son miembros del gobierno? pues el presidente, el vicepresidente o vicepresidentes en su caso, y los ministros.

Con lo cual yo creo que esta claro que es la c, y ademas es facil.

Sí, no discuto que sea fácil o no, pero me sigue dando por detrás que pongan preguntas donde tienes que hacer razonamientos a veces un tanto subjetivos y personales.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2776 en: 17 de Agosto de 2008, 20:34:20 pm »
Esta pregunta ya la posteé, me ha vuelto a salir y sigo sin hallar respuesta:

Las competencias de la Admón. Gral del Estado en materia de tráfico corresponden a:

A) Ministerio de Administraciones Públicas.
B) Ministerio de Interior, que las ejerce a través de la DGT
C) Ministerio de Interior, que las ejerce a través de la JCT.

El artículo 4 de la LSV habla de las competencias del Estado, pero no del órgano que las ejerce. El 5 habla de Ministerio del Interior y entiendo que las competencias además de ser completamente diferentes, están divididas entre distintos órganos (JCT y Admón. Gral Estado) para su cumplimiento...

Iluso de mí he respondido la A) por eliminación...


2. En particular, y sin perjuicio de las competencias de la Secretaría de Estado de Seguridad, corresponde a la Subsecretaría del Interior:
a) La gestión y desarrollo de la política normativa del departamento.
b) La coordinación, bajo la superior dirección del Ministro, de las relaciones de los diferentes órganos directivos del departamento con las Administraciones autonómicas.
c) La gestión de las competencias del ministerio relativas a los procesos electorales y consultas directas al electorado, el registro de los partidos políticos, la gestión de las subvenciones y financiación de los partidos políticos, así como el ejercicio del derecho de asilo.
d) La gestión de los asuntos que se deriven de las relaciones del departamento con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
e) La coordinación e impulso de la política de tráfico y seguridad vial, y el ejercicio de las competencias del Ministerio sobre el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.f) La gestión de las competencias del Ministerio en relación con la protección civil y las emergencias.
g) El ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Ministerio en materia de atención y apoyo a las víctimas del terrorismo.
h) La representación del Departamento en los supuestos en que así se lo encomiende el Ministro.
i) La coordinación, dirección y planificación de la política de personal y la retributiva del personal del Departamento.




NO SON SUBJETIVAS PEING, SON MUY OBJETIVAS, AQUI TIENES OTRA CONTESTADA.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2777 en: 17 de Agosto de 2008, 20:38:39 pm »
Venga PEING, pon alguna dificil..... :)
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2778 en: 17 de Agosto de 2008, 20:40:49 pm »
Esta pregunta ya la posteé, me ha vuelto a salir y sigo sin hallar respuesta:

Las competencias de la Admón. Gral del Estado en materia de tráfico corresponden a:

A) Ministerio de Administraciones Públicas.
B) Ministerio de Interior, que las ejerce a través de la DGT
C) Ministerio de Interior, que las ejerce a través de la JCT.

El artículo 4 de la LSV habla de las competencias del Estado, pero no del órgano que las ejerce. El 5 habla de Ministerio del Interior y entiendo que las competencias además de ser completamente diferentes, están divididas entre distintos órganos (JCT y Admón. Gral Estado) para su cumplimiento...

Iluso de mí he respondido la A) por eliminación...


2. En particular, y sin perjuicio de las competencias de la Secretaría de Estado de Seguridad, corresponde a la Subsecretaría del Interior:
a) La gestión y desarrollo de la política normativa del departamento.
b) La coordinación, bajo la superior dirección del Ministro, de las relaciones de los diferentes órganos directivos del departamento con las Administraciones autonómicas.
c) La gestión de las competencias del ministerio relativas a los procesos electorales y consultas directas al electorado, el registro de los partidos políticos, la gestión de las subvenciones y financiación de los partidos políticos, así como el ejercicio del derecho de asilo.
d) La gestión de los asuntos que se deriven de las relaciones del departamento con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
e) La coordinación e impulso de la política de tráfico y seguridad vial, y el ejercicio de las competencias del Ministerio sobre el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.f) La gestión de las competencias del Ministerio en relación con la protección civil y las emergencias.
g) El ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Ministerio en materia de atención y apoyo a las víctimas del terrorismo.
h) La representación del Departamento en los supuestos en que así se lo encomiende el Ministro.
i) La coordinación, dirección y planificación de la política de personal y la retributiva del personal del Departamento.




NO SON SUBJETIVAS PEING, SON MUY OBJETIVAS, AQUI TIENES OTRA CONTESTADA.

Respondo en base a mi temario, y al que dan a todos los opositores en las diversas academias. El RD 1181/2008 no está entre la legislación de referencia, no al menos en el mío. Ni éste ni sus anteriores.

Muchas gracias Fuyu Jr, evidentemente son completamente objetivas, pero no puedo sacar de donde no hay.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2779 en: 17 de Agosto de 2008, 20:42:42 pm »
Venga PEING, pon alguna dificil..... :)

Ok, tú lo has querido...

?Es fuyu realmente una persona física?

A) Solamente en el ejercicio de sus funciones
B) En todo momento
C) Es un biestable Mealy
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