Autor Tema: CADENA TEMARIO  (Leído 289789 veces)

Desconectado Pa?aki

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2620 en: 22 de Julio de 2008, 10:54:56 am »
Sigamos...

En el supuesto de constitución de Policías Autonómicas propias, se reserva el Estado la competencia sobre:
A. Armas y explosivos.
B. Mantenimiento del orden público.
C. Contrabando.


Ande co?o viene esto!?!?

La "A". Armas y explosivos.

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2621 en: 22 de Julio de 2008, 11:08:42 am »
Pufff......lo del contrabando y armas y explosivos, es competencia exclusiva de la Guardia Civil, viene en el Articulo 12.1.B de La LO 2/86.
Yo creo que la pregunta esta mal planteada, yo diria que lo que querian preguntar es cual seria la competencia que asumen las CC.AA, ya que en las respuestas, hay 2 competencias del Estado (GC) y solo 1 que pertenece a las CC.AA. (mantenimiento del orden publico)

Eso mismo pensaba yo, pero da como buena la respuesta de Pa?aki, armas y explosivos. A ver si nos ilumina y nos dice dónde viene recogido...

Pa?aki!!! Muéstranos el camino.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2622 en: 22 de Julio de 2008, 12:28:54 pm »
Sigamos...

En el supuesto de constitución de Policías Autonómicas propias, se reserva el Estado la competencia sobre:
A. Armas y explosivos.
B. Mantenimiento del orden público.
C. Contrabando.


Ande co?o viene esto!?!?

Por qué?? motivamelo porfa

Art. 12.1.B de la LO 2/86 de 13 de Marzo, atribuye las competencias A y C a la Guardia Civil.

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2623 en: 22 de Julio de 2008, 13:32:53 pm »
A ver si citamos bien Jimy, que voy y te meto.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2624 en: 22 de Julio de 2008, 13:37:07 pm »
Pufff......lo del contrabando y armas y explosivos, es competencia exclusiva de la Guardia Civil, viene en el Articulo 12.1.B de La LO 2/86.
Yo creo que la pregunta esta mal planteada, yo diria que lo que querian preguntar es cual seria la competencia que asumen las CC.AA, ya que en las respuestas, hay 2 competencias del Estado (GC) y solo 1 que pertenece a las CC.AA. (mantenimiento del orden publico)

Eso mismo pensaba yo, pero da como buena la respuesta de Pa?aki, armas y explosivos. A ver si nos ilumina y nos dice dónde viene recogido...

Pa?aki!!! Muéstranos el camino.

Puedes mirarlo por dos vertientes, una la Constitución Espa?ola, artículo 149.1.26.:

Es competencia exclusiva del Estado Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.

La otra vertiente parte del artículo 6 de la L.O. 1/1992, de 21 de febrero, que dice lo siguiente:

Artículo 6.

1. En el ejercicio de la competencia que le reconoce el artículo 149.1.26 de la Constitución, la Administración del Estado establecerá los requisitos y condiciones de la fabricación y reparación de armas, sus imitaciones y réplicas, y de sus piezas fundamentales; explosivos, cartuchería y artificios pirotécnicos; así como los de su circulación, almacenamiento y comercio, su adquisición y enajenación; su tenencia y utilización. Del mismo modo podrá adoptar las medidas de control necesarias para el cumplimiento de aquellos requisitos y condiciones.


Creo que está bastante claro,?no?

Saludos y perdonar por no haber contestado antes pero es que hoy estoy con otros menesteres.

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2625 en: 22 de Julio de 2008, 14:31:54 pm »
Pufff......lo del contrabando y armas y explosivos, es competencia exclusiva de la Guardia Civil, viene en el Articulo 12.1.B de La LO 2/86.
Yo creo que la pregunta esta mal planteada, yo diria que lo que querian preguntar es cual seria la competencia que asumen las CC.AA, ya que en las respuestas, hay 2 competencias del Estado (GC) y solo 1 que pertenece a las CC.AA. (mantenimiento del orden publico)

Eso mismo pensaba yo, pero da como buena la respuesta de Pa?aki, armas y explosivos. A ver si nos ilumina y nos dice dónde viene recogido...

Pa?aki!!! Muéstranos el camino.

Puedes mirarlo por dos vertientes, una la Constitución Espa?ola, artículo 149.1.26.:

Es competencia exclusiva del Estado Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.

La otra vertiente parte del artículo 6 de la L.O. 1/1992, de 21 de febrero, que dice lo siguiente:

Artículo 6.

1. En el ejercicio de la competencia que le reconoce el artículo 149.1.26 de la Constitución, la Administración del Estado establecerá los requisitos y condiciones de la fabricación y reparación de armas, sus imitaciones y réplicas, y de sus piezas fundamentales; explosivos, cartuchería y artificios pirotécnicos; así como los de su circulación, almacenamiento y comercio, su adquisición y enajenación; su tenencia y utilización. Del mismo modo podrá adoptar las medidas de control necesarias para el cumplimiento de aquellos requisitos y condiciones.


Creo que está bastante claro,?no?

Saludos y perdonar por no haber contestado antes pero es que hoy estoy con otros menesteres.

Sí que es rebuscar artículos, me cago en la hostia. Gracias Pa?aki, siempre al quite.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2626 en: 22 de Julio de 2008, 15:29:08 pm »
Ahora si que ta clarito, THANKS PA?AKI, ERES UN MONSTRUO!!  :m:
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2627 en: 27 de Julio de 2008, 20:56:18 pm »
Qué pasa que no estudiais o lo sabeis todo ya??

Cuando el pasajero de un ciclomotor o motocicleta no haga uso del casco de protección:
a) Se retraerán puntos al conductor del ciclomotor o motocicleta.
b) Se sancionara al conductor del ciclomotor o motocicleta.
c) Ninguna es correcta.

Con dos cojones, el corrector me da como buena la B. Realmente creo que no hay ninguna correcta (no digo que sea la C, sino que ninguna opción de respuesta es correcta). Puestos a matizar, A) y B) estarían bien y a la vez mal, pues nadie me asegura a mí que al conductor lo sancionen (alegaciones o recursos) y por ende le retiren puntos (3).

Espero que lo de "retraer" sea una especie de errata, porque si basan la respuesta por el significado de ese verbo, tienen razón, es la B y lo correcto sería decir "retirar". Pero bueno, espero como digo, que sea una errata.

Bueno se?ores, qué decís?
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2628 en: 27 de Julio de 2008, 21:42:08 pm »
Ahí va otra...

Los municipios, provincias e islas no gozan de la potestad
a) Expropiatoria.
b) Sancionadora.
c) legislativa.
d) Tributaria y financiera.

No comento lo que opino sobre el corrector, porque me dirán que encima que me lo regalan me quejo...
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2629 en: 27 de Julio de 2008, 22:21:25 pm »
Qué pasa que no estudiais o lo sabeis todo ya??

Cuando el pasajero de un ciclomotor o motocicleta no haga uso del casco de protección:
a) Se retraerán puntos al conductor del ciclomotor o motocicleta.
b) Se sancionara al conductor del ciclomotor o motocicleta.
c) Ninguna es correcta.

Con dos cojones, el corrector me da como buena la B. Realmente creo que no hay ninguna correcta (no digo que sea la C, sino que ninguna opción de respuesta es correcta). Puestos a matizar, A) y B) estarían bien y a la vez mal, pues nadie me asegura a mí que al conductor lo sancionen (alegaciones o recursos) y por ende le retiren puntos (3).

Espero que lo de "retraer" sea una especie de errata, porque si basan la respuesta por el significado de ese verbo, tienen razón, es la B y lo correcto sería decir "retirar". Pero bueno, espero como digo, que sea una errata.

Bueno se?ores, qué decís?

Estoy con el corrector, el responsable de una infracción será el autor de la misma, excepto en los vehículos obligados a utilizar casco, cuyo responsable, en caso de que el pasajero no lo lleve, será el conductor del mismo.

También opino que "retraer" puede tratarse de una errata, ya que lo reflejado en el anexo de la LSV que aparece todo lo relacionado con los puntos, creo recordar que habla de " detraer ".

Además, el significado dado por la RAE de " retraer " no creo que sea el correcto para ejemplificar una retirada de puntos :

http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=retraer

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2630 en: 27 de Julio de 2008, 22:38:12 pm »
Creo que no has entendido, no discuto que denunciemos o no al conductor que es lo que siempre hacemos, sino que A) y B) (obviando errata en "retraer") podrían ser correctas, y a la vez incorrectas. Nadie me asegura a mí la sanción ni la retirada de puntos.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2631 en: 27 de Julio de 2008, 23:35:02 pm »
Ahí va otra...

Los municipios, provincias e islas no gozan de la potestad
a) Expropiatoria.
b) Sancionadora.
c) legislativa.
d) Tributaria y financiera.

No comento lo que opino sobre el corrector, porque me dirán que encima que me lo regalan me quejo...

"C", las entidades locales no gozan de potestad legislativa.........y la provincia, es entidad local ;)
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2632 en: 28 de Julio de 2008, 10:07:52 am »
Ahí va otra...

Los municipios, provincias e islas no gozan de la potestad
a) Expropiatoria.
b) Sancionadora.
c) legislativa.
d) Tributaria y financiera.

No comento lo que opino sobre el corrector, porque me dirán que encima que me lo regalan me quejo...

"C", las entidades locales no gozan de potestad legislativa.........y la provincia, es entidad local ;)

Eso está claro, además lo dice el enunciado jimy!!! Lo gracioso es que el mierdacorrector éste, dice que es la A) Expropiatoria... Gracioso es, real? No.

Artículo 4 Ley 7/85.

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2633 en: 28 de Julio de 2008, 11:59:41 am »
jejeje, lo que esta claro, es que es la "C", y ya ta  :cul
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2634 en: 28 de Julio de 2008, 12:26:57 pm »
Madre mía, esto es de traca... menos mal que son tests corregidos, que si no llegan a estarlo :ojones

?Es posible entrar en un jardín de un chalet si creemos que se esta cometiendo un delito en dicho jardín?
A. Sólo si el titular nos autoriza o tenemos autorización del juez de instrucción.
B. Sólo si el titular nos autoriza o tenemos autorización del juez del contencioso.
C. Sí, siempre y cuando tengamos motivos razonables de que en el jardín se esta cometiendo un delito.



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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2635 en: 28 de Julio de 2008, 12:56:20 pm »
La "B", descartada, ya que a los juzgados de lo contencioso-administrativo no les compete dar autorizaciones de entrada de domilicilios.
Entre la "A" y la "C", sinceramente, puede ser cualquiera de las 2, pero me decanto por la "C", ya que pone especial atención en tener motivos razonables de que se esta cometiendo un delito, es decir, delito flagrante.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2636 en: 28 de Julio de 2008, 12:57:44 pm »
es la "c" superpones flagrante delito ante todo....

"quotquotTODO VICIO TRAE SIEMPRE SU CONSIGUIENTE EXCUSA"quotquot[/cen

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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2637 en: 28 de Julio de 2008, 13:01:07 pm »
La "B", descartada, ya que a los juzgados de lo contencioso-administrativo no les compete dar autorizaciones de entrada de domilicilios.
Entre la "A" y la "C", sinceramente, puede ser cualquiera de las 2, pero me decanto por la "C", ya que pone especial atención en tener motivos razonables de que se esta cometiendo un delito, es decir, delito flagrante.

Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo sí conceden autorizaciones de entrada en domicilio cuando es por un tema administrativo.

Es la C, hay delito flagrante según el enunciado de la pregunta.

Ahí va otra, no sé dónde viene regulado, echadme una mano:

Marca la incorrecta:
A. La obtención del permiso de las clases  C1+E, C+E, D1+E, o D+E, implica la concesión del B+E.
B. los C1 y D1 conceden el BTP.
C. el B implica la concesión del A1.

Da como correcta (osea, incorrecta jeje) la C). Dónde vienen estas "tablas"??
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2638 en: 28 de Julio de 2008, 13:04:35 pm »
La "B", descartada, ya que a los juzgados de lo contencioso-administrativo no les compete dar autorizaciones de entrada de domilicilios.
Entre la "A" y la "C", sinceramente, puede ser cualquiera de las 2, pero me decanto por la "C", ya que pone especial atención en tener motivos razonables de que se esta cometiendo un delito, es decir, delito flagrante.

Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo sí conceden autorizaciones de entrada en domicilio cuando es por un tema administrativo.

Es la C, hay delito flagrante según el enunciado de la pregunta.

Ahí va otra, no sé dónde viene regulado, echadme una mano:

Marca la incorrecta:
A. La obtención del permiso de las clases  C1+E, C+E, D1+E, o D+E, implica la concesión del B+E.
B. los C1 y D1 conceden el BTP.
C. el B implica la concesión del A1.

Da como correcta (osea, incorrecta jeje) la C). Dónde vienen estas "tablas"??

No he dicho nada, ya lo he encontrado. Artículo 6 RGC 772/97 de 30 de Mayo.
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Re: Cadena Temario
« Respuesta #2639 en: 28 de Julio de 2008, 13:20:43 pm »
Ezto sí que no lo encuentro:

Para sancionar las infracciones en materia de seguro de vehículos en competente:
A. jefe provincial de trafico
B. delegado de gobierno
C. ambas son correctas

Me estoy leyendo el RD 7/2001 y no veo nada por ningún lado sobre la competencia sancionadora, y lo que veo está declarado nulo de pleno derecho por el TS. Ilustradme!
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